Foral

Alava aprueba la normativa en materia de los nuevos impuestos sobre los Envases de Plástico no Reutilizables y del depósito de residuos en vertederos y modifica la norma del Impuesto sobre Gases Fluorados de Efecto Invernadero

Alava, impuestos ambientales, enveses de plástico, depósito de residuos, vertedero, gases fluorados, efecto invernadero

Alava aprueba sus normas en materia del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables, del Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos y la modificación del modificado el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

En el Boletín Oficial del Territorios Histórico de Alava del día 7 de agosto se publicaron además del DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 3/2023, y del DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 4/2023,  se han publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL6/2023, de 1 de agosto, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la regulación del Impuesto Especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 5/2023, de 1 de agosto, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno, del Territorio Histórico de Álava, por el que se aprueba el Impuesto sobre el Depósito de Residuos en Vertederos, la Incineración y la Coincineración de Residuos y el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 7/2023, de 1 de agosto, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno, por lo que se aprueba la modificación de la Norma Foral 27/2014, de 9 de julio, del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero. 

Alava modifica su normativa en materia de IVA y de los impuestos especiales para incorporar los últimos cambios aprobados en el territorio común

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Alava modifica su normativa en materia de IVA para prorrogar la aplicación del tipo 0 del IVA a los productos básicos de alimentación, y el del 5 por ciento con que resultan gravados los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias, así como las medidas que en materia de IVA y del II.EE se introdujeron en el territorio común por la Ley 11/2023.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava del día 7 de agosto se publicaron el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 3/2023, del Consejo de Gobierno de 1 de agosto. Que modifica el Decreto Foral Normativo 12/1993, de 19 de enero, del Impuesto sobre el Valor Añadido, y del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 1/1999, de 16 de febrero, que regula los Impuestos Especiales y el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 4/2023, del Consejo de Gobierno de 1 de agosto que aprueba la modificación del Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2023, de 14 de febrero

Mediante el DNUF 3/2023 se incorporan en el territorio alavés las medidas aprobadas por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos, en materia del Impuesto sobre el Valor Añadido y de los Impuestos Especiales.

Por otro lado el DNUF 4/2023 se prorroga, al igual que en el territorio nacional se ha establecido mediante el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma, la aplicación en el Impuesto sobre el Valor Añadido del tipo impositivo del 0 por ciento que recae sobre los productos básicos de alimentación, así como la del 5 por ciento con que resultan gravados los aceites de oliva y de semillas y las pastas alimenticias, para contribuir a la reducción del precio final de estos alimentos. En todo caso, la aplicación de tales tipos queda sujeta a la evolución de la tasa interanual de la inflación subyacente.

Navarra prorroga durante el segundo semestre de 2023 la reducción de los tipos impositivos del IVA sobre determinados alimentos ante la persistencia del conflicto de Ucrania

Navarra prorroga durante el segundo semestre de 2023 la reducción de los tipos impositivos del IVA sobre determinados alimentos ante la persistencia del conflicto de Ucrania. Imagen de una flecha ascendente con alimentos dibujados en su interior

Navarra modifica su normativa en materia de IVA prorrogar la reducción de los tipos impositivos de determinados alimentos para proteger el poder adquisitivo de las familias ante el alza de los precios de los alimentos debido a la persistencia de la situación extraordinaria asociada a la invasión de Ucrania

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 24 de julio se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 4/2023, de 5 de julio, de armonización tributaria, por el que se prorroga la reducción de los tipos impositivos del impuesto sobre el valor añadido sobre determinados alimentos.

Navarra modifica su normativa en materia de IVA e Impuestos Especiales para armonizar la normativa navarra a la del territorio común

Navarra armoniza su normativa de IVA e Impuesto especiales. Imagen de la bandera de Navarra delante del sol

Navarra modifica su normativa en materia de IVA e Impuestos Especiales para incluir en el ordenamiento tributario navarro las modificaciones operadas en el ámbito estatal referidas a las obligaciones específicas derivadas del comercio electrónico y las modificaciones del régimen especial aplicable a las ventas a distancia de bienes importados de países o territorios terceros en el ámbito del IVA. Y en el ámbito de los Impuestos Especiales se avanza en la coordinación de los procedimientos aduaneros y de los impuestos especiales y se actualiza las referencias a los códigos de la nomenclatura combinada que se utilizan para la descripción de los productos derivados del alcohol

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 17 de julio se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 3/2023, de 21 de junio, de armonización tributaria, por el que se modifican la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido y la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales.

Mediante esta norma se armoniza la normativa navarra en materia del IVA y de los impuestos especiales, ya que Navarra aplica los mismos principios básicos, normas sustantivas y formales vigentes en cada momento en territorio del Estado, para incluir en el ordenamiento tributario navarro las modificaciones operadas en el ámbito estatal por la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos y  la Ley 13/2023, de 24 de mayo, por la que se modifican la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021, por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias.

Bizkaia modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales los reglamentos del IRPF e IS y el Reglamento de Gestión de los Tributos

Bizkaia modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales los reglamentos del IRPF e IS y el Reglamento de Gestión de los Tributos. Imagen de especie de un laberinto con personas y números encima del laberinto

Bizkaia modifica su Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y el Reglamento de Gestión de los Tributos.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 10 de julio de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL 78/2023, de 4 de julio, de la Diputación Foral de Bizkaia por el que se introducen modificaciones en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, en el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y en el Reglamento de Gestión de los Tributos del Territorio Histórico de Bizkaia.

Mediante esta norma se procede a implementar las modificaciones reglamentarias en el ordenamiento tributario de Bizkaia derivadas de las modificaciones operadas por la NORMA FORAL 8/2022, de 20 de julio, por la que se introducen determinadas modificaciones tributarias, el DECRETO FORAL NORMATIVO 8/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, medidas urgentes en el Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica y otras medidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido, y la LEY 9/2023, de 3 de abril, que aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco con motivo de la aprobación en el ámbito de Territorio común del Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y del Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, así como la nueva configuración del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

Navarra aprueba el texto refundido del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

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El Parlamento de Navarra ha aprobado el texto refundido de las disposiciones vigentes relativas al régimen tributario de las fundaciones, así como de las actividades de patrocinio y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regularizando, aclarando y armonizando, para solucionar algunos de los problemas que plantea la actual normativa, eso sí, sin alterar el sistema legal vigente, para aumentar la seguridad jurídica de la administración tributaria y, especialmente, de los contribuyentes.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 13 de junio se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, regularizando, aclarando y armonizando, además, los textos legales a refundir que han nacido en momentos y situaciones diferentes y han sido creadas partiendo de ideas no siempre coincidentes, lo que permite solucionar algunos de los problemas que plantea la actual normativa, eso sí, sin alterar el sistema legal vigente. Por ello, al redactar el texto refundido, se ha ordenado una normativa que las sucesivas reformas legales habían desordenado, se ha redactado de tal forma que sea más sencilla de comprender y de aplicar, y finalmente se ha intentado subsanar las contradicciones, dudas interpretativas o repeticiones que tenía la referida normativa. Se contribuye así a aumentar la seguridad jurídica de la administración tributaria y, especialmente, de los contribuyentes.

Alava modifica las retenciones de los artistas en su reglamento de IRPF, amplía la fecha límite de renuncia al régimen simplificado del IVA para 2023 y deroga el Modelo 620 (ITP y AJD) de autoliquidación de las transmisiones de vehículos usados

Modificación del reglamento de IRPF y la regulación del régimen simplificado del IVA de Alava. Imagen de un cantante sobre un escenario

Alava aprueba la modificación de las retenciones de los artistas en su reglamento de IRPF, amplía la fecha límite de renuncia al régimen simplificado del IVA para 2023 y deroga el Modelo 620 (ITP y AJD) de autoliquidación de las transmisiones de vehículos usados.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 7 de junio de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL 22/2023, de 30 de mayo, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno Foral, por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 40/2014, de Consejo de 1 de agosto, que aprobó el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como del Decreto Foral 4/2023, de 21 de febrero, que aprobó la regulación para el año 2023 del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Mediante esta norma se incorporan en el reglamento alavés del IRPF las modificaciones que en el territorio estatal se introdujeron mediante la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, y que llevaron consigo la modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista, modificando determinados tipos de retención e ingreso a cuenta de actividades económicas y del capital mobiliario en el IRPF.

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero para simplificar las obligaciones formales y el control del impuesto con efectos desde el 1 de septiembre de 2022

Bizkaia, modifica, Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, simplifica, gestión, control, obligaciones formales.  Tres bombonas de diferentes colores

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de mayo de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica la Norma Foral 5/2014, de 11 de junio, del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

Esta norma incorpora en la normativa foral del Impuesto las modificaciones operadas en el territorio común por la Ley 14/2022, que modifica la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, y en concreto a la modificación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, para adecuarlo al marco legislativo europeo, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, que establece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Esta reforma persigue simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria y para ello, el hecho imponible del impuesto deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto. La reforma del impuesto lleva aparejadas modificaciones en la determinación de los elementos esenciales del impuesto, y sus efectos se retrotraen al 1 de septiembre de 2022.

En relación con la naturaleza del impuesto, pasa de ser un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de aquellos productos comprendidos en su ámbito objetivo y grava, en fase única, el consumo de estos productos, a ser también un tributo de naturaleza indirecta pero que recae sobre la utilización en el territorio español de dichos gases.

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero para simplificar las obligaciones formales y el control del impuesto con efectos desde el 1 de septiembre de 2022

Bizkaia, modifica, Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, simplifica, gestión, control, obligaciones formales.  Tres bombonas de diferentes colores

Bizkaia modifica su normativa foral del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 25 de mayo de 2023 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica la Norma Foral 5/2014, de 11 de junio, del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.

Esta norma incorpora en la normativa foral del Impuesto las modificaciones operadas en el territorio común por la Ley 14/2022, que modifica la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, y en concreto a la modificación del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, para adecuarlo al marco legislativo europeo, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, que establece el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Esta reforma persigue simplificar, en la medida de lo posible, el cumplimiento de las obligaciones formales y, por ende, la gestión del impuesto, tanto por los obligados tributarios como por la Administración Tributaria y para ello, el hecho imponible del impuesto deja de configurarse como la venta o entrega de los gases al consumidor final, pasando a gravar directamente la fabricación, importación, adquisición intracomunitaria o la tenencia irregular de los gases fluorados que forman parte del ámbito objetivo del impuesto. La reforma del impuesto lleva aparejadas modificaciones en la determinación de los elementos esenciales del impuesto, y sus efectos se retrotraen al 1 de septiembre de 2022.

En relación con la naturaleza del impuesto, pasa de ser un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de aquellos productos comprendidos en su ámbito objetivo y grava, en fase única, el consumo de estos productos, a ser también un tributo de naturaleza indirecta pero que recae sobre la utilización en el territorio español de dichos gases.

Gipuzkoa aprueba el impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables y el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos

Gipuzkoa aprueba los impuestos sobre los envases de plástico no reutilizables y sobre el depósito incineración y la coincineración de residuos. Imagen de una bola del mundo a la que la rodena los logotipos del reciclaje

Gipuzkoa aprueba, con efectos desde el 1 de enero de 2023, los impuestos sobre los envases de plástico no reutilizables y sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos.

En el Boletón Oficial de Gipuzkoa de hoy, 22 de mayo de 2023, se han publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 1/2023, de 9 de mayo, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables y el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2023, de 9 de mayo, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, del impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos, con el fin de incorporaral ordenamiento tributario gipuzkoano los dos impuestos introducidos en el territorio común mediante la  Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, dentro del marco de las medidas fiscales para incentivar la economía circular, con efectos desde el 1 de enero de 2023, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria undécima del Concierto Económico.

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