tributacion de piso heredado vendido en 2006
Quisiera saber si hay que declarar y como hacerlo, la venta de un piso recibido en herencia. La venta se realizó en 2006. El inmueble fué comprado en los 70.
Gracias.
Quisiera saber si hay que declarar y como hacerlo, la venta de un piso recibido en herencia. La venta se realizó en 2006. El inmueble fué comprado en los 70.
Gracias.
Buenos Dias.-
Quiesiera saber cuando es efectiva la retencion del 1% a los autonomos en Estimacion Objetiva por Modulos.-
Tengo entendido que es a partir del 21 de Abril, pero mi duda es ,
¿Si una factura con fecha 10.04.07, y que se va a pagar el 30.04.07?, ¿hay que aplicarle retencion?,
o la retencion se debe aplicar a facturas cuya fecha sea posterior al 21.04.07, independientemente de la fecha de pago.-
Espero haberme explicado bien.-
Saludos.-
Hola
El caso que es un particular (jubilado de la agraria) me vende un terreno a mi y a otro con una licencia de edificacion para dos viviendas unifaliares pareadas ya otorgada y abonada.
PAra hacer la venta a los dos partes debe hacer :segregar, agrupar, declaracion de obra nueva y division horizontal.
No existe nada de nada de obra, solo los tramites anteriores, necesarios para vender separadamente.
1) es operacion por ITP o por IVA (entiendo que por ITP, solo se han realizado los tramites para poder vender)
Queria plantear la siguiente situacion:
Sociedad Patrimonial, con un inmueble como unico activo, unico socio una sociedad no residente en España, si decide veder ésta el 100% de sus participaciones, que repercusion fiscal supone, como se valorarian esas participaciones..............
En diciembre de 2001 abrí una cuenta vivienda a la que he hecho aportaciones en los ejercicios de 2001 a 2005, y realizado las deducciones correspondientes. No habiendo realizado la compra de la vivienda aún. Haré la compra en agosto de este año.
Si bien en el ejercicio de 2005 me encontraba ya fuera de plazo (4 años), la aeat no me ha reclamado nada.
En el año 2006 tambien realize aportaciones a la cuenta vivienda. De la cuenta no se han hecho disposiciones.
Este año he consultado como he de regularizar mi situación, yo daba por supuesto:
Hola,
Hace 13 años compré una vivienda por 24000 euros y ahora voy a venderla por 153000. Fue mi vivienda habitual en esos 13 años.
El comprador quiere poner en escrituras menos dinero.
De los 153000 euros, tengo que "guardar" o "invertir" 24000 euros ya que en 2 años los voy a utilizar para una inversión.
En éste mismo año van a darme una vivienda nueva que he comprado por valor de 241000 (IVA incluido) que será mi vivienda habitual.
Me comprare unos muebles que me van a costar unos 20000 euros. Estos puedo pagarles con o sin factura.
Mi pregunta es la siguiente.
¿Cómo se puede facturar un trabajo que se hace de forma puntual?
Os cuento un poco cual es el motivo de mi consulta:
Un compañero y yo hemos desarrollado una página Web y el cliente necesita una factura. Nosotros tenemos nuestro trabajo por cuenta ajena en otras empresas.
No sé, si una persona puede pasar una factura hasta una cantidad de dinero y luego en la declaración de la renta del próximo año declararlo y pagar el IVA correspondiente de esa factura.
mi suegra tiene 73 años, se quedó viuda en el 2002 y desde el 2003 vive conmigo, ha vendido su casa en el 2006, tiene que declarar la venta de su casa y yo tengo que declarar la parte que me corresponde por la herencia.
Hola a todos,
Tengo un familiar que ha recibido un aviso de embargo por unos recibos del IBI de hace varios años, como por ejemplo del 98. Queria saber si este impuesto prescribe y cuantos años son necesarios.
Un Saludo
Vendi un piso en abril 06 y compre otro sobre plano en agosto 06 y no me dan las llaves hasta agosto 08.
Estoy pagando una entrada, de la forma del 20%, en mensualidades hasta la entrega de las llaves por la vivienda nueva.
La información que he encontrado hasta ahora es que la reinversion tengo que hacerla hasta abril 08 (2 años a partir de la fecha de venta).En esta fecha deberia tener las escrituras registadas, pero en mi caso esto no ocurrirá hasta agosto 08. En abril me quedarian por pagar 5 letras mas el IVA del capital hipotecado.