Inaplicación del tipo reducido establecido en el régimen especial para empresas de reducida dimensión a entidades que no realicen actividades económicas
Enviado por admin el Lun, 04/06/2012 - 17:47Plena vigencia de la Resolución TEAC, de 29 de enero de 2009, a periodos impositivos iniciados tras la aprobación y entrada en vigor del TRLIS
La cuestión controvertida de la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central que destacamos en esta ocasión consiste en determinar si resulta aplicable el tipo reducido del régimen fiscal especial de empresas de reducida dimensión a entidades que no realizan actividades económicas.