Navarra modifica con efectos para el 1 de enero de 2018 los reglamentos tributarios para la implantación del suministro inmediato de información (SII) en el IVA.
En el Boletín Oficial de Navarra de 20 de octubre de 2017, se ha publicado el DECRETO FORAL 91/2017, de 4 de octubre, de la Comunidad Foral de Navarra, para el impulso de los medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por Decreto Foral 86/1993, de 8 de marzo, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Decreto Foral 23/2013, de 10 de abril, el Decreto Foral 69/2010, de 8 de noviembre, por el que se regula la declaración anual de operaciones con terceras personas y por el que se modifican otras normas con contenido tributario, el Decreto Foral 276/2002, de 30 de diciembre, por el que se regula el sistema de extinción por compensación de determinadas deudas tributarias, y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.
El presente Decreto Foral tiene por objeto incorporar las modificaciones reglamentarias necesarias para acometer la iniciativa consistente en que la llevanza de los libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido se realice a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Tributaria de Navarra, mediante el suministro electrónico de los registros de facturación, por parte de determinados empresarios o profesionales y otros sujetos pasivos del Impuesto, sistema cuya implantación se prevé para el 1 de enero de 2018.