Foral

Adaptación de la normativa alavesa a las modificaciones sobre IVA, II.EE., Impuesto sobre los Gases Fluorados y en el interés de demora

Alava incorpora las modificaciones establecidas en la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018 en materia de IVA, Impuesto sobre los Gases Fluorados, elimina el tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos y fija el interés de demora para 2018 en 3,75.

En el BOTHA de hoy, 19 de septiembre de 2018, DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 11 de septiembre que aprueba la adaptación a la normativa tributaria alavesa de diversas modificaciones introducidas en el Impuesto sobre el Valor Añadido, en los Impuestos Especiales, en el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y en el interés de demora.

El Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, establece la concertación del Impuesto sobre el Valor Añadido, de los Impuestos Especiales y del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, disponiendo que, salvo determinadas excepciones, los Territorios Históricos deben aplicar las mismas normas sustantivas y formales que las establecidas en cada momento por el Estado, por lo que es necesario incorporar a la normativa fiscal del Territorio Histórico de Álava las modificaciones incluidas en la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018.

En Bizkaia la práctica totalidad de notificaciones y comunicaciones de Hacienda serán electrónicas

En el BOB de hoy, 13 de septiembre de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL 119/2018 de la Diputación Foral de Bizkaia, de 11 de septiembre, por el que se modifica el Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 50/2012, de 20 de marzo, por el que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos del Departamento de Hacienda y Finanzas, y el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia, aprobado por medio del Decreto Foral de la Diputación Foral de Bizkaia 112/2009, de 21 de julio, con el efectos desde el día 17 de septiembre de 2018.

Modificado el reglamento sancionador de Navarra

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 7 de septiembre de 2018, se ha publicado el  DECRETO FORAL 63/2018, de 22 de agosto, por el que se modifica el Decreto Foral 153/2001, de 11 de junio, por el que se desarrollan las disposiciones de la Ley Foral General Tributaria en materia de infracciones y sanciones tributarias de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Estas modificaciones obedecen a  los cambios sustanciales que han tenido lugar en la Ley Foral General Tributaria en materia de infracciones y sanciones tributarias como la incorporación de  un nuevo Título  “Actuaciones en supuestos de delito contra la Hacienda pública” con el fin de fortalecer las facultades y potestades de la Administración tributaria en la prevención y lucha contra el fraude fiscal. Importantes cambios se han llevado a cabo  en la materia de infracciones simples y graves, así como en lo relativo a los criterios de graduación. Se incorpora una reducción por pronto pago de las sanciones derivadas de las infracciones simples y graves, basada en el fomento de la conformidad y del pago inmediato en efectivo, así como la simplificación al máximo de la gestión y la recaudación, incentivando a su vez la disminución de la solicitud de aplazamientos.

Álava adapta su normativa del ISD, IRPF, IP e IIVTNU (plusvalía) al Derecho Civil Vasco

Álava adapta su normativa del ISD, IRPF, IP  e IIVTNU (plusvalía) al Derecho Civil Vasco. En el ISD se desarrolla designación sucesoria con transmisión de presente de bienes y derechos y respecto al resto de impuestos, las modificaciones se refieren fundamentalmente a la presentación de la declaración

En el BOTHA de 10 de agosto de 2018 se publicó el DECRETO FORAL 41/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 3 de agosto. Aprobar la modificación de diversas disposiciones reglamentarias y la regulación de aspectos concretos del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana para adecuar su contenido a la Norma Foral de adaptación del sistema tributario de Álava al Derecho Civil Vasco.

Gipuzkoa modifica sus reglamentos del IRPF e IS

Mediante este Decreto Foral , y con efectos desde el 1 de enero de 2018, se incorporan al Reglamento del IRPF diversas modificaciones de carácter técnico, amplía el plazo de opción por la modalidad simplificada del método de estimación directa y su revocación para actividades agrícolas y ganaderas. En el del IS se suprime la obligación de presentar el informe técnico para acreditar las deducciones por actividades de I+D+i e incorpora dos nuevos supuestos de excepción de la obligación de retener.

En el BOG de 27 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL 22/2018, de 24 de julio, por el que se modifican los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

En materia del IRPF encontramos las siguientes modificaciones con efectos desde el 1 de enero de 2018:

Bizkaia incrementa progresivamente la exención de algunos premios de loterías en el IRPF

Mediante Decreto Foral Normativo se incrementa el importe de la exención en el IRPF a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros, al igual que en el territorio estatal.

En el BOB de 27 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2018, de 17 de julio, por el que se modifica la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en relación con los premios de determinadas loterías y apuestas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 ha incrementado el importe de la exención a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros.

Gipuzkoa incrementa progresivamente la exención de algunos premios de loterías en el IRPF

Mediante Decreto Foral Norma se incrementa el importe de la exención en el IRPF a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros, al igual que en el territorio estatal.

En el BOG de 24 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 2/2018, de 17 de julio, por el que se modifica la Norma Foral 3/2014, de 17 de enero, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en lo relativo al gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 ha incrementado el importe de la exención a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros.

Este Decreto Foral-Norma, modifica la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de establecer, con carácter de urgencia, el aumento progresivo de esta exención y además adaptar la Normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente por la remisión que en la misma se realiza a la Norma Foral de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con la exención en el referido gravamen especial.

Alava incrementa progresivamente la exención de algunos premios de loterías en el IRPF

Mediante Decreto Foral de Urgencia Fiscal se incrementa el importe de la exención en el IRPF a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros, al igual que en el territorio estatal.

En el BOTHA de 23 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 1/2018, del Consejo de Gobierno Foral de 17 de julio, que aprueba la modificación de la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 ha incrementado el importe de la exención a 40.000 euros si bien transitoriamente desde la entrada en vigor de dicha Ley y hasta 31 de diciembre de 2018 la cantidad exenta será de 10.000 y para el periodo impositivo 2019 dicha cantidad será de 20.000 euros.

Este Decreto Normativo de Urgencia Fiscal, modifica la Norma Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de establecer, con carácter de urgencia, el aumento progresivo de esta exención y además adaptar la Normativa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes sin establecimiento permanente por la remisión que en la misma se realiza a la Norma Foral de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en relación con la exención en el referido gravamen especial.

El transporte colectivo pagado por la empresa para ir a trabajar no será renta en especie en Alava

Alava es el primer territorio histórico del País Vasco en no considerar, con efectos desde el 1 de enero de 2018 rendimiento de trabajo en especie las cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el servicio de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados y empleadas entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales.

En el BOTHA de 20 de julio de 2018 se ha publicado la NORMA FORAL 11/2018, de 11 de julio, de modificación de la Norma Foral 33/2013, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas al objeto de considerar la utilización del transporte colectivo para traslado a los centros de trabajo como retribución en especie exenta de tributar. 

Alava ha sido el primer territorio histórico del País Vasco en no considerar, con efectos desde el 1 de enero de 2018 rendimiento de trabajo en especie las cantidades satisfechas, siempre que exista este compromiso en el respectivo convenio colectivo o acuerdo social, a las entidades encargadas de prestar el servicio de transporte colectivo de viajeros con la finalidad de favorecer el desplazamiento de los empleados y empleadas entre su lugar de residencia y el centro de trabajo, con el límite de 1.500 euros anuales para cada persona trabajadora. También tendrán la consideración de cantidades satisfechas a las entidades encargadas de prestar el citado servicio público, las fórmulas indirectas de pago que cumplan las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

Navarra armoniza su normativa de IVA, Impuestos Especiales, Impuesto sobre los Premios de loterías

Navarra incorpora las modificaciones previstas en la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para 2018 en materia de IVA, Impuesto sobre los Gases Fluorados, elimina el tipo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos y prevé el aumento progresivo hasta 2020 de la cuantía de los premios exentos de determinadas loterías y apuestas.

A los efectos de armonizar al normativa fiscal Navarra con las modificaciones previstas en el territorio común del Estado en la  Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 2018,  en el BON de 18 de julio de 2018, se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2018, de 4 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido; la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales; la Ley Foral 11/2015, de 18 de marzo, por la que se regulan el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica, el Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y el Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito; y el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

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