Foral

Álava modifica su reglamento de las obligaciones de facturación

Con efectos desde el 1 de enero de 2019 se modifica el reglamento que regula las obligaciones de facturación en Alava, para incorporar en este territorio las modificaciones resultantes como consecuencia de la transposición de la Directiva 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017 en el territorio nacional.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava, de 26 de junio de 2019,  se ha aprobado el DECRETO FORAL 31/2019, de 18 de junio, del Territorio Histórico de Álava, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la modificación del Decreto Foral 18/2013, de 28 de mayo, que aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, con efectos desde el 1 de enero de 2019.

Como  consecuencia de la transposición de la Directiva 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, se modifican las reglas referentes a la normativa aplicable en materia de facturación que, desde el 1 de enero de 2019, será la normativa del Estado miembro de identificación para los sujetos pasivos acogidos a los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica.

Bizkaia aprueba un nuevo Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

Bizkaia aprueba el Reglamento de desarrollo de la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo, que resulta de aplicación para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2019.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 24 de mayo de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 55/2019, de 21 de mayo, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, que resulta de aplicación para los periodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2019.

Este reglamento desarrolla la nueva Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y los incentivos fiscales al mecenazgo, que entró en vigor el pasado 1 de enero de 2019.

Álava incluye en su norma foral del IRPF la mención expresa a la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad entre otras

La exención de las prestaciones por maternidad y por paternidad percibidas la Seguridad Social, las percibidas por los empleados públicos y por los cooperativistas por entidades de previsión social voluntaria así como la retribución por cuidados de hijos menor con enfermedad grave.

En el Boletín Oficial deL Territorio Histórico de Alava del día 10 de abril de 2019 se publicó la NORMA FORAL 10/2019, de 27 de marzo, de modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas., al objeto de regular, a partir del 1 de enero de 2019, la exención en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinadas prestaciones de maternidad y paternidad reguladas en la ley general de la Seguridad Social y situaciones que expresamente se asimilan a las prestaciones exentas.

Neutralidad fiscal de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva en Navarra

El DECRETO-LEY FORAL 1/2019, de Navarra, establece la neutralidad fiscal en las operaciones de reclasificación de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva, de cara a los IRPF, IS e IRNR.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 14 de marzo de 2019, se ha publicado el DECRETO-LEY FORAL 1/2019, de 27 de marzo, por el que se modifica parcialmente la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, para incorporar a la normativa tributaria foral el contenido del Real Decreto-Ley 27/2018, que estableció en el ámbito estatal un periodo transitorio (entre el 3 de enero de 2018 y el 30 de marzo de 2019) durante el cual determinadas reclasificaciones de participaciones o de acciones de instituciones de inversión colectiva van a resultar neutrales fiscalmente, de forma que los inversores de instituciones de inversión colectiva soporten de forma inmediata menos costes asociados a sus acciones o participaciones, conforme a una normativa mercantil que ya resulta aplicable; y que dicha reclasificación no tenga incidencia tributaria para los citados inversores.

Nuevas normas del mecenazgo y del Impuesto sobre la extracción del gas, petróleo y condensados y modificación del IBI en Bizkaia

Aprobación de la norma reguladora del Impuesto sobre la extracción del gas, petróleo y condensados por necesidades de armonización tributaria. Adaptación de la Norma Foral del IBI al objeto de establecer los tipos de gravamen específicos aplicables a los bienes de características especiales y se exime del recargo a las viviendas vacías a las destinadas a planes de vivienda pública de carácter social. Y finalmente, el aumento de la participación del sector privado en las actividades de interés general, los cambios en el marco jurídico regulador de las entidades sin ánimo de lucro y en las la normativas del IRPF, IS e IRNR, han hecho necesaria la aprobación de una nueva norma de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 4 de abril de 2019 se han publicado la NORMA FORAL 1/2019, de 20 de marzo, del Impuesto sobre la extracción del gas, petróleo y condensados, la NORMA FORAL 2/2019, de 20 de marzo, por la que se modifica la Norma Foral 4/2016, de 18 de mayo, del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la NORMA FORAL 4/2019, de 20 de marzo, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

El Impuesto sobre la extracción del gas, petróleo y condensados  fue  creado por la Ley 8/2015, de 21 de mayo por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y por la que se regulan determinadas medidas tributarias y no tributarias en relación con la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, se configura como un tributo de carácter directo y naturaleza real, que grava la extracción de gas, petróleo y condensados, en las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos. Al objeto de incorporar en el ordenamiento fiscal de Bizkaia la regulación del Impuesto, teniendo como referencia los puntos de conexión recogidos en el Concierto Económico para la atribución competencial al País Vasco se ha publicado la NORMA FORAL 1/2019, con efectos a partir del día 30 de diciembre de 2017.

Modificaciones de los Reglamentos de IVA e IRPF en Álava

Álava iguala los porcentajes de retención  sobre los rendimientos de capital mobiliario a los establecidos en  territorio común  (19 por ciento o 15 por ciento si proceden de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor) e introduce varias  modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, se han publicado el DECRETO FORAL 13/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de marzo. Aprobar diversas modificaciones de los reglamentos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Valor Añadido y el DECRETO FORAL 14/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de marzo. Aprobar los precios medios de venta de vehículos automóviles y embarcaciones, a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte 

El Concierto Económico con la Comunidad Autónoma Vasca, establece que en la exacción de determinadas retenciones e ingresos a cuenta, las Diputaciones Forales aplicarán idénticos tipos a los de territorio común, por ello, Alava iguala los porcentajes de retención  sobre los rendimientos de capital mobiliario en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a los establecidos en  territorio común  (19 por ciento o 15 por ciento si proceden de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor)

Gipuzkoa modifica los reglamentos de los procedimientos tributarios de inspección y sancionador

Como consecuencia de la reforma parcial de la Norma Foral General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, es necesaria la modificación de los reglamentos de inspección y sancionador.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 29 de marzo de 2019 se han publicado el DECRETO FORAL 5/2019, de 20 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de Inspección Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa y el DECRETO FORAL 6/2019, de 20 de marzo, por el que se modifica el Reglamento del régimen de infracciones y sanciones tributarias.

La Hacienda Navarra intensifica el uso de los medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT)

Se pretende que la Hacienda Tributaria de Navarra practique las notificaciones electrónicas a aquéllas personas y entidades que reúnen las condiciones previstas sin que sea necesario emitir la previa notificación de su inclusión en el sistema de notificaciones electrónicas obligatorias.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 20 de marzo de 2019 se ha publicado el DECRETO FORAL 17/2019, de 6 de marzo, de la Comunidad Foral de Navarra, por el que se modifica el Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Esta norma trata de potenciar los principios básicos de eficacia y de servicio a los intereses generales que deben presidir la actuación de las Administraciones Públicas, y entendiendo que esos principios avalan la utilización generalizada y habitual de las tecnologías de la información en las relaciones de los ciudadanos con la Administración, se pretende dar un nuevo impulso a la notificación por medios electrónicos en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Neutralidad fiscal de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva en Gipuzkoa

El Decreto Foral-Norma 1/2019 de Gipuzkoa  establece la neutralidad fiscal en las operaciones de reclasificación de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva, de cara a los IRPF, IS e IRNR.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 14 de marzo de 2019, se ha publicado el Decreto Foral-Norma 1/2019, de 12 de marzo, por el que se establece la neutralidad fiscal de determinadas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva.

Modificación de los reglamentos que se regulan las obligaciones tributarias formales, las de facturación y del Reglamento del IRPF de Bizkaia

Modificación de los Reglamentos de obligaciones tributarias formales, de obligaciones de facturación y del IRPF en Bizkaia. Entre las modificaciones del Reglamento de obligaciones tributarias formales destacan las referidas a llevanza electrónica de los libros registro del IVA, sistema de gestión tributaria a través del SII, servicios prestados por vía electrónica, de telecomunicaciones y de radiodifusión y televisión; reducción de las cargas administrativas y tributarias para microempresas y el suministro informativo sobre operaciones con derechos de suscripción. Respecto a las obligaciones de facturación destacan las modificaciones relativas a los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones y de viaje. Finalmente en el Reglamento del IRPF se introducen modificaciones en relación con las retenciones aplicables a determinados rendimientos de capital mobiliario y en relación con el procedimiento de acreditación de la opción por el régimen especial de trabajadores y trabajadoras desplazadas.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 11 de marzo de 2019, se ha publicado el DECRETO FORAL 12/2019, de 26 de febrero, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con efectos desde 1 de enero de 2019.

Se introducen modificaciones en tres reglamentos tributarios: el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En relación con el Reglamento de obligaciones tributarias formales destacan las siguientes modificaciones:

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