Álava adopta medidas en materia tributaria para limitar, suspender o aplazar obligaciones tributarias por el coronavirus
Enviado por Editorial el Vie, 20/03/2020 - 09:27Álava aprueba medidas en materia tributaria para limitar, suspender o aplazar obligaciones tributarias, con la finalidad de prevenir un impacto negativo sobre los contribuyentes, protegiendo a pequeñas empresas y personas autónomas, garantizando su liquidez.
En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 20 de marzo de 2020, se ha publicado el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2020, Del Consejo de Gobierno Foral de 18 de marzo. Aprobar medidas tributarias urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, en vigor desde el día de hoy y con efectos desde el 14 de marzo de 2020.
Esta norma contiene una serie de medidas tributarias, de carácter transitorio, que deben ser urgentemente adoptadas por la citada causa de fuerza mayor, a fin de garantizar y proteger los derechos de los y las contribuyentes y otorgar la correspondiente seguridad jurídica. De forma concreta se establecen medidas relacionadas con la suspensión o prórroga del inicio de los plazos en procedimientos tributarios, la suspensión del plazo de declaración e ingreso de las liquidaciones y de determinadas autoliquidaciones, la suspensión de la tramitación de los procedimientos tributarios, la regulación de un fraccionamiento excepcional de deudas tributarias, el tratamiento de los aplazamientos vigentes y la supresión de determinados pagos fraccionados del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Con estas medidas medidas el Gobierno alavés responde al impacto económico negativo que se está produciendo sobre los y las contribuyentes afectadas por las medidas adoptadas por las autoridades competentes, así como prevenir un mayor impacto económico negativo sobre las los mismos; se trata de mitigar el posible impacto que el escenario de emergencia sanitaria pueda tener en los sectores más vulnerables de la economía, esto es, pequeñas empresas y personas autónomas, y garantizar la liquidez de las mismas.