El TEAC unifica criterio respecto de la valoración de operaciones vinculadas y la aplicación del método del precio libre comparable
Enviado por Editorial el Mar, 15/03/2016 - 09:11El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su Resolución de 2 de marzo de 2016, en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio trata de determinar si siendo el mismo, o sustancialmente el mismo, el servicio que presta una persona física a la sociedad vinculada y el que presta ésta última a terceros independientes, cuando la sociedad carece de medios para realizar la operación si no es por la necesaria e imprescindible participación de la persona física, la aplicación del método de precio libre comparable tiene necesariamente que incorporar una corrección valorativa por el mero reconocimiento de la existencia de la sociedad, cuando del análisis del supuesto de hecho se deriva que la sociedad no aporta valor añadido -o su valor es residual- a la labor de la persona física más allá de los gastos fiscalmente deducibles que se centralizan en la sociedad.