Artículos de Tributación

Los efectos de la incompatibilidad de las normas tributarias con el ordenamiento de la UE y la restitución de lo ingresado

El trabajo analiza las dificultades derivadas de la verificación de las exigencias de los principios de eficacia y efectividad que matizan el principio de autonomía procedimental en el examen de la compatibilidad de las normas tributarias con el Derecho de la Unión Europea a la luz de la reciente jurisprudencia del TJUE. Asimismo, estudia la posible aplicación de las exigencias derivadas de dichos principios a los supuestos en los que exista una norma procedimental de rango comunitario, la aceptación de los plazos preclusivos razonables como límite a la obligación de restitución y la posible revisión extraordinaria de situaciones firmes por exigencias del principio de efectividad del ordenamiento de la Unión Europea.

Palabras clave: devolución ingresos tributarios, Derecho de la Unión Europea, principio de autonomía procesal, principio de equivalencia y principio de efectividad.

 

F. Alfredo García Prats
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario
Jean Monnet Chair «EU Law and Taxation».
Universitat de València

La responsabilidad tributaria tras la Ley 7/2012, de 29 de octubre

El objeto de este trabajo es comentar las novedades que la Ley 7/2012, de 29 de octubre, introduce en materia de responsabilidad tributaria y habilitar un régimen transitorio para su aplicación, que, por causas que se nos escapan, la citada norma no ha considerado oportuno incorporar a su texto. Las conclusiones que pueden extraerse de tal estudio son de doble factura. Desde un punto de vista material, los cambios introducidos trazan una dirección adecuada; en todo caso, puede reprocharse la tardanza en implementarlos. Desde el formal, en cambio, el juicio es más riguroso: la técnica empleada, en algunos casos, es ostensiblemente mejorable.

Palabras clave: responsabilidad tributaria, sanciones, conformidad y pronto pago.

 

Manuel Santolaya Blay
Inspector de Hacienda del Estado

La nueva «conformidad» de los responsables tributarios: aspectos problemáticos

Con esta nota los autores ponen de manifiesto los problemas interpretativos que presenta el nuevo artículo 41.4 de la LGT, que pueden llevar a situar al tercero responsable en una situación peor que la del deudor principal en relación con el pago de las sanciones.

Palabras clave: LGT, responsables, deudor principal, reducción de sanciones y conformidad.

 

Miro Ayats Verges
Fernando de Vicente Benito
Abogados. Cuatrecasas, Gonçalves Pereira

 

La irresistible atracción de las retribuciones del trabajo en especie. Sus ventajas fiscales

Cuando estudiamos las distintas rentas que componen los rendimientos del trabajo personal con el fin de determinar la carga impositiva que soportan, nos damos cuenta de que no solo es importante la cuantía de las retribuciones, sino que también tiene una gran incidencia su composición, puesto que el artículo 42 de la LIRPF enumera una serie de rentas en especie –hasta 8 distintas– a las que exonera de tributación y el artículo 43 determina otro grupo –5 más– a las que fija una tributación privilegiada.
Si examinamos la composición de estas rentas del trabajo en especie: entrega de acciones de la propia empresa, pago del servicio de guardería de los hijos, pago de seguros privados de enfermedad, utilización de vivienda de la empresa, cesión de vehículos automóviles, concesión de préstamos, etc., vemos que los posibles perceptores de esas rentas exentas o bonificadas son, en la mayoría de los casos, el grupo de altos directivos de las grandes empresas que son los que tienen capacidad de decisión para determinar la composición de sus retribuciones.
Con esta brecha abierta, vemos como paulatinamente va aumentando la proporción de rentas en especie declaradas frente a las dinerarias y como han surgido empresas que han desarrollado un nuevo tipo de negocio consistente en diseñar y ofrecer a las grandes entidades lo que ampulosamente denominan «Planes de Compensación Flexible», «Sistemas de Retribución personalizada», etc., y que no son sino modificaciones en los contratos de trabajo de los directivos, de tal forma que se sustituyen retribuciones dinerarias por retribuciones en especie o se cambian retribuciones en especie por otras diferentes, con el único fin de disminuir la carga tributaria del perceptor.
Cuando le ponemos números a esas ventajas fiscales y los aplicamos a un perceptor «real», como hemos hecho en nuestro trabajo, y lo comparamos con otro trabajador de idénticas retribuciones, pero cuya composición fuera exclusivamente de rentas dinerarias, vemos que el ahorro puede llegar a superar los 73.000 euros en Madrid –80.000 en Cataluña– en la cuota final del IRPF del año.

Palabras clave: rendimientos del trabajo en especie, valor normal en el mercado y especialidades.

 

Raquel Pérez Calvo
Inspectora de Hacienda del Estado

José María Pérez Calzada
Técnico de Hacienda

Responsabilidad patrimonial de los sucesores de entidades disueltas y liquidadas que limitan la responsabilidad de los socios

Entre las recientes modificaciones introducidas en la LGT con la loable intención de luchar contra el fraude, algunas tratan de salir al paso de maniobras evasivas ante la recaudación tributaria. Con esta finalidad se ha procedido a ampliar el límite de la responsabilidad patrimonial de los socios de entidades que limitan la responsabilidad. No obstante, los términos del actual artículo 40.1 de la LGT plantean no pocas dudas interpretativas sobre la identificación e importe de las percepciones patrimoniales percibidas por los socios que deberán adicionarse a la cuota de liquidación recibida, lo que conlleva una notable inseguridad jurídica para los socios acerca del alcance de su responsabilidad patrimonial, amén del resultado desmesurado al que puede conducir.

Palabras clave: recaudación, obligados tributarios, sucesores y responsabilidad patrimonial de los socios.

 

Felipe Romero García
Profesor Contratado Doctor.
Universidad de Cádiz

La estrategia europea de lucha contra el fraude y la evasión fiscal: el Plan de Acción de la Comisión UE y sus principales implicaciones

Este trabajo expone de forma sintética las principales medidas recogidas en el Plan de Acción de lucha contra el fraude y la evasión fiscal hecho público por la Comisión el 6 de diciembre de 2012. Este Plan comunitario, revelador de una auténtica estrategia europea de lucha contra el fraude y la evasión fiscal internacional, consiste básicamente en un paquete de 34 medidas a adoptar tanto a nivel comunitario, como a nivel nacional por los Estados miembros en lo concerniente a las operaciones intracomunitarias y relaciones con terceros países.
Las medidas recogidas en el Plan de Acción son de muy diferente alcance y naturaleza, y a grandes rasgos cabría considerarlas alineadas con las tendencias que están siendo desarrolladas en los principales foros internacionales (OCDE, G20, ONU), resultando reseñables las relacionadas con la denominada «planificación fiscal agresiva», con la doble no imposición (entidades híbridas e híbridos financieros), con los estándares internacionales de transparencia e intercambio de información y con las prácticas fiscales perniciosas.
El referido Plan también contiene otra serie de medidas con un enfoque más de servicio y fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, como la elaboración de un Código Europeo del Contribuyente, o de mecanismos de asistencia al contribuyente como las iniciativas de ventanilla única o la web Tax on Europa.

Palabras clave: fiscalidad europea, lucha contra el fraude y la evasión fiscal, planificación fiscal agresiva y competencia fiscal perniciosa.

 

José Manuel Calderón Carrero
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad de A Coruña

La limitación de la deducibilidad de gastos financieros en el Impuesto sobre Sociedades, comparabilidad y análisis constitucional

Se analiza la comparabilidad de la normativa española en esta materia con la legislación más reciente dictada en distintos Estados de la Unión Europea así como su análisis bajo el prisma de los principios constitucionales de igualdad, no discriminación y capacidad económica.

Palabras clave: deducibilidad, gastos financieros, Impuesto sobre Sociedades, principio de capacidad económica y Constitución Española.

 

Germán Rodrigo Chaques
Socio Grant Thornton (Tax)

La planificación fiscal agresiva

Los sistemas tributarios nacionales se encuentran con dificultades para proteger sus bases imponibles ante estrategias de planificación fiscal que sacan ventaja de la falta de coordinación entre las diferentes jurisdicciones fiscales.
Algunos organismos internacionales han prestado atención a este problema. Sus trabajos han tenido por objeto tanto la identificación de las estructuras más agresivas como la recomendación a los gobiernos de la adopción de medidas destinadas a gestionar ese riesgo. Son especialmente relevantes los informes de la OCDE y la IOTA al respecto.
Finalmente, se aborda la experiencia norteamericana en la lucha contra los tax shelters en cuanto supone un caso paradigmático de los medios y recursos que una administración puede poner en juego ante el acoso de esquemas de planificación fiscal.

Palabras clave: planificación fiscal agresiva, arbitraje, elusión y abuso.

 

Alberto Amorós Viñals
Inspector de Hacienda del Estado

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y la pretendida dualidad de convenciones en determinadas operaciones societarias

Cuando en el contexto de determinadas operaciones societarias (en particular, en la constitución de sociedades y en los aumentos de capital) tiene lugar una transmisión de bienes inmuebles y deudas, la Administración viene manteniendo que existe una segunda «convención», independiente de la propia operación societaria, que califica como adjudicación expresa en pago de asunción de deudas, y que, como tal, queda sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO), siempre y cuando no tribute por el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Esta doctrina ha sido también aplicada, transitoriamente, en supuestos de disolución de sociedades, a pesar de las diferencias significativas entre estos supuestos y los de constitución de sociedades y aumentos de capital. Las últimas contestaciones de la Dirección General de Tributos, en cambio, se hacen eco de tales diferencias y rechazan que las disoluciones puedan dar lugar a TPO cuando los socios reciben inmuebles y deudas de la sociedad disuelta.
En este artículo se valora críticamente la doctrina administrativa de la doble convención y su aplicación a las distintas operaciones societarias, concluyendo que tal doctrina carece actualmente de un apoyo legal suficiente, si bien la fuerza de los argumentos que llevan a esta conclusión varía sensiblemente según el tipo de operación societaria de que se trate.

Palabras clave: transmisiones patrimoniales, doble convención, operaciones societarias, constitución y disolución de sociedades, aumentos y disminuciones de capital y operaciones de reestructuración.

 

Gerardo Cuesta Cabot
Abogado. Departamento Fiscal de Uría Menéndez

El Impuesto sobre Sociedades en 2012 (II). La actualización de balances

La actualización de balances tuvo su primera expresión positiva en el albor de los años sesenta del pasado siglo. El objetivo de aquellas singulares normas fue poner al día unos balances que habían sufrido los embates de la inflación y de las restricciones inherentes a una política económica autárquica ya agotada. Es obvio que la vigente actualización de balances se produce en un contexto bien diferente y, sin embargo, su estructura normativa apenas ha variado.

El presente artículo describe las líneas básicas de las normas relativas a la actualización de balances contenidas en el artículo 9 de la Ley 16/2012, y esboza algunas reflexiones que, en esencia, tratan de orientar una respuesta para la pregunta siguiente: ¿han podido dichas normas vencer los rigores del paso del tiempo?

Palabras clave: Impuesto sobre Sociedades, actualización de balances y Ley 16/2012.

 

Eduardo Sanz Gadea
Licenciado en Derecho y Ciencias Económicas

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