Jurisprudencia

La desaparición sobrevenida del adquirente en el VIES no perjudica el derecho a la exención de la entrega intracomunitaria

Son habituales en sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea los pronunciamientos que tienen que ver con la vinculación de la conducta –fraudulenta o no- del sujeto pasivo del IVA y el derecho a disfrutar de los diferentes beneficios fiscales –exenciones, deducciones- que tienen que ver con el impuesto.

Selección de jurisprudencia. Octubre 2014 (1.ª quincena)

A pesar de votos particulares, el Tribunal Supremo rechaza definitivamente la doctrina del tiro único

El Consejo General del Poder Judicial hizo público en el día de ayer mediante el correspondiente comunicado la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de septiembre de 2014, dictada en recurso de casación para la unificación de doctrina que, como ya hizo en una anterior de 19 de noviembre de 2012 establece que, en caso de que una liquidación tributaria sea anulada por incurrir en defectos de fondo, materiales o sustantivos, la Administración puede liquidar de nuevo, siempre que su derecho a liquidar no haya prescrito.

La exposición de motivos de una reforma posterior ampara el derecho a la deducción negado expresamente por la norma aplicable

Acaba de salir a la luz una interesantísima sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 17 de septiembre de 2014, que, a la vista está, es fruto de un excelente planteamiento procesal a cargo de la entidad demandante, que pretende convencer al Tribunal, y de hecho lo consigue, sobre la incorrección de la aplicación de una determinada norma, la que era aplicable a los hechos, teniendo en cuenta su contrariedad respecto del Derecho y de la jurisprudencia comunitarios, puesta de manifiesto expresamente por el propio legislador en la exposición de motivos de la norma que le dio la redacción posterior.

La interposición de un recurso de reposición no suple la notificación defectuosa del valor catastral

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en su sentencia de 9 de julio de 2014, afirma que la falta de notificación individual de los valores catastrales resultantes de la nueva ponencia de valores provoca que esta nueva valoración no tenga efectividad y discrepando con  el criterio del TEAR en cuanto asimila la notificación individual con la interposición de un recurso de reposición nos recuerda que  para que la interposición de un recurso supla la notificación defectuosa, es preciso que al menos haya notificación del texto íntegro del acto y que la omisión lo sea de alguno de los requisitos del art. 58.2 de la Ley 30/1992 (LRJAP y PAC), siendo necesario que el interesado tenga conocimiento del contenido y alcance de la resolución que impugna.

Efectos de la calificación urbanística de un terreno en el IBI

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en su sentencia de 5 de junio de 2014, nos dice que la consideración de una finca como suelo urbano, es competencia del Catastro Inmobiliario, sin que ni el Ayuntamiento, ni tampoco el Juzgado en la impugnación jurisdiccional de las liquidaciones por IBI, puedan entrar a pronunciarse sobre la misma.

No es posible impugnar la liquidación efectuada por el Ayuntamiento en base a argumentos de gestión catastral, que deberá ser recurrida ante los Tribunales Económico-Administrativos del Estado.

La accesión invertida en el ISD

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en su sentencia de 25 de junio de 2014, analiza la conformidad a derecho o no de la actuación del órgano de gestión tributaria al incluir en la masa hereditaria de la causante (abuela de la recurrente), la vivienda construida por esta y su esposo en la finca o terreno que le legó su abuela en el testamento otorgado el día 5 de mayo de 1992.

Reiteración de liquidaciones provisionales en un procedimiento de comprobación de valores

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha, en su sentencia de 17 de junio de 2014, resuelve el problema que se plantea relativo a la compatibilidad entre la facultad de comprobación de la Administración Tributaria y por otro lado a la evitación de situaciones susceptibles de merecer la consideración de abuso de derecho, por la reiteración en la falta de subsanación en los defectos que se puedan apreciar bien por en sede económico administrativa o bien en sede propiamente judicial.

Fines como la defensa nacional no impiden la calificación de una exención como ayuda de Estado

La actualidad del día de hoy para los intereses de España en sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea viene protagonizada por la sentencia de 9 de octubre de 2014, que versa sobre la eventual consideración como ayuda de Estado de la exención sobre una finca propiedad del Estado cuyo uso está cedido a una empresa del sector de la construcción naval de la que él mismo es el único accionista.

A lo largo de la sentencia se repasan, como es habitual en los pronunciamientos sobre ayudas de Estado, los requisitos que la jurisprudencia comunitaria entiende que deben concurrir para calificar una ayuda como de Estado y que, por tanto, vulnera lo dispuesto en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El Tribunal Supremo prohíbe a Hacienda hacer una inspección después de una comprobación limitada con el mismo objeto

Confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que estimó el recurso de una empresa inmobiliaria que fue objeto de dos procedimientos de comprobación limitada en relación a una deducción por reinversión de beneficios, y a la que posteriormente se le realizó otra inspección con el mismo objeto.

La Sala de lo Contencioso del alto tribunal confirma la sentencia de la Audiencia Nacional, de 5 de noviembre de 2012, que estimó el recurso presentado por Isabena Obras y Construcciones S.L. y anuló la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central de 20 de enero de 2010 referida a la liquidación del Impuesto sobre Sociedades de los ejercicios 2003 a 2005.

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