Sobre el peligro de declarar el inmueble en que se realiza la actividad profesional como domicilio fiscal
Enviado por Editorial el Jue, 20/02/2014 - 14:28Ha trascendido a la actualidad jurisprudencial la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, de 30 de octubre de 2013, en la que un contribuyente por el IRPF consigue vencer en su pugna con la Administración tributaria, foral en este caso, por la consideración de la afección total del inmueble en que desarrollaba su actividad profesional.