Novedades Legislativas

Se publican en el BOE los modelos de declaración del IS y del IRNR para el ejercicio 2020 y el modelo 282

Aprobación para 2020 de los modelos 200 y 220. Imagen en papel del modelo 200

Se aprueban los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR -establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español-, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 y se aprueba el modelo 282 de Declaración informativa anual de ayudas recibidas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y otras ayudas de estado, derivadas de la aplicación del Derecho de la Unión Europea.

Para la campaña de Sociedades 2020, está previsto que se mejoren los Datos Fiscales que se facilitarán al contribuyente, así como que puedan trasladarse al formulario Sociedades web o puedan importarse por software desarrollados por los propios contribuyentes o por terceros, que permiten la presentación directa de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades.

Modificación del Reglamento de Recaudación de Navarra, para potenciar el uso de medios electrónicos en el procedimiento de subasta de bienes embargados

Navarra, reglamento, recaudación, subasta, bienes embargados, medios electrónicos. Tecla verde en un teclado de ordenador

Modificación del régimen jurídico de enajenación de los bienes embargados, en particular, el procedimiento de subasta de Navarra, buscando su agilización y simplificación, así como la potenciación de los medios electrónicos para que resulte más sencilla, eficaz y eficiente y evite la presencia física de personas en un mismo lugar cerrado.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 3 de junio de 2021 se ha publicado el DECRETO FORAL 39/2021, de 19 de mayo, de la Comunidad Foral de Navarra, por el que se modifica el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, aprobado mediante Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio.

El principal objetivo del presente decreto foral, es modificar el régimen jurídico de enajenación de los bienes embargados, en particular, el procedimiento de subasta, buscando su agilización y simplificación, así como la potenciación de los medios electrónicos para que resulte más sencilla, eficaz y eficiente, potenciando el uso de los medios electrónicos. La situación de pandemia actual hace aún más necesario si cabe la utilización de medios que no requieran la presencia física de personas en un mismo lugar cerrado. Destacan también las actuaciones a realizar en el supuesto de tributos incompatibles con el fin de proteger de la persona o entidad que pueda verse perjudicada por la doble liquidación administrativa, a la vez que se regula el cauce de coordinación entre las administraciones públicas implicadas.

Impuesto Transacciones Financieras: Aprobación del modelo 604

ITF modelo 604. Imagen del anexo del modelo 604

Se aprueba el modelo 604 de autoliquidación del ITF y se determina la forma y procedimiento para su presentación

El Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, desarrolló el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre las transacciones financieras, regulando el procedimiento y los supuestos en los que un depositario central de valores establecido en territorio español sea quien, en nombre y por cuenta del sujeto pasivo, efectúe la declaración y el ingreso de la deuda tributaria como en aquellos en que la presentación e ingreso se realice directamente por los sujetos pasivos ante la Administración tributaria para los cuales se establece con carácter general el sistema de autoliquidación.

Bizkaia modifica sus reglamentos del IRPF, IS, de incentivos fiscales al mecenazgo, de gestión de los tributos y de obligaciones formales para implementar su estrategia contra el fraude (Proyecto BATUZ)

Modificación de distintos reglamento tributarios en Bizkaia para implementar el proyecto BATUZ. Imagen de ordenadors, tarjetas bancarias todo como conectado entre sí

Bizkaia modifica sus reglamentos del IRPF, IS, de incentivos fiscales al mecenazgo, de gestión de los tributos y de obligaciones formales para implementar su estrategia contra el fraude (Proyecto BATUZ) a efectos de control de la tributación de todas las personas o entidades que desarrollan actividades económicas, con independencia de su tamaño o volumen de operaciones, así como en el establecimiento de nuevos modelos de gestión que faciliten a los y las contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy, 27 de mayo de 2021, se ha publicado el DECRETO FORAL 69/2021, de 18 de mayo, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia en relación con las obligaciones tributarias del proyecto BATUZ, el Reglamento de gestión de los tributos del Territorio Histórico de Bizkaia y el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Mediante el DECRETO FORAL 82/2020 se desarrolla reglamentariamente la NORMA FORAL 5/2020, de 15 de julio, por la que se establece un sistema integral de control de los rendimientos de las actividades económicas, así como medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se ha realizado un avance cualitativo en Bizkaia en la implementación de la estrategia integral denominada BATUZ, de control de la tributación de todas las personas o entidades que desarrollan actividades económicas, con independencia de su tamaño o volumen de operaciones, así como en el establecimiento de nuevos modelos de gestión que faciliten a los y las contribuyentes el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Aprobación del Reglamento del Impuesto sobre Transacciones Financieras

Se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre transacciones financieras. Imagen del globo terraqueo desde el espacio por la noche con conexiones entre ciudades

Se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras

Como es conocido, en el BOE de 16 de octubre de 2020, se publicó la Ley 5/2020, de 15 de octubredel Impuesto sobre las Transacciones Financieras (LITF), cuya entrada en vigor se ha producido el pasado 16 de enero de 2021. Este impuesto es un tributo de naturaleza indirecta que grava las adquisiciones onerosas de acciones representativas del capital social de sociedades españolas, con independencia del lugar donde se efectúe la adquisición y cualquiera que sea la residencia o el lugar de establecimiento de las personas o entidades que intervengan en la operación, estableciéndose, por lo tanto, como principio de imposición el de emisión.

El artículo 8 de la LITF contempla la aprobación de un reglamento del impuesto para regular el procedimiento y los supuestos en los que un depositario central de valores establecido en territorio español sea quien, en nombre y por cuenta del sujeto pasivo, efectúe la declaración y el ingreso de la deuda tributaria como en aquellos en que la presentación e ingreso se realice directamente por los sujetos pasivos ante la Administración tributaria para los cuales se establece con carácter general el sistema de autoliquidación. Este desarrollo reglamentario se ha llevado a cabo a través del Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto sobre las transacciones financieras (BOE de 26 de mayo, en vigor el 27 de mayo y aplicable con efectos retroactivos desde el 16 de enero de 2021). Dicho reglamento se articula a través de 10 artículos, dos disposiciones adicionales y una disposición transitoria.

Restablecimiento de la obligación de información sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos y modificaciones en el RIVA

Modificaciones declaraciones informativas. Imagen de personas con maletas

Se introducen modificaciones en los Reales Decretos 1624/1992, de 29 de diciembre (RIVA), 1065/2007, de 27 de julio (Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos) y 1021/2015, de 13 de noviembre

El Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, además de desarrollar el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, contiene en sus disposiciones finales modificaciones en el Reglamento del IVA y en las declaraciones informativas sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos (la cual se restablece) y en la de la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.

Medidas fiscales en Galicia orientadas a la recuperación de las tierras agrarias

Medidas fiscales en Galicia orientadas a las actividades agrarias. Imagen de trabajador en un campo de cultivo

Beneficios fiscales que afectan al IRPF, ISD, IP e ITP y AJD.

En el Diario Oficial de Galicia se ha publicado la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia el día 21 de mayo de 2021 que modifica Decreto Legislativo 1/2011, de 28 de julio, de la Comunidad Autónoma de Galicia, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, introduciendo modificaciones fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Impuesto sobre el Patrimonio y en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Tiene como fecha de entrada en vigor el día 22 de mayo de 2021, salvo lo relativo a las modificaciones fiscales que aquí se recogen y que tienen como fecha de entrada en vigor el 1 de enero de 2021.

El anteproyecto de reforma de los Impuestos especiales persigue el fraude en los carburantes

El fraude en los carburantes principal objetivo de la reforma en Impuestos Especiales. Imagen de Pumpjacks de trabajo al atardecer

El Ministerio de Hacienda publica una nota de prensa dando a conocer las principales novedades del Anteproyecto de Ley por el que se modifican la Ley de Impuestos Especiales y se transponen tres Directivas de la Unión Europea.

Las principales novedades de este anteproyecto se pueden resumir en las siguientes:

Beneficios fiscales para reparar los daños causados por la borrasca «Filomena»

Beneficios fiscales para reparar los daños causados por la borrasca «Filomena». Imagen de una nevada y una persona andando sobre ella

Como viene siendo habitual cuando se producen catástrofes naturales (intensas nevadas, en este caso), el Gobierno aprueba una serie de medidas de carácter excepcional que contribuyen al restablecimiento de la normalidad en las zonas afectadas. En el BOE del día 19 de mayo de 2021 y en vigor el 20 de mayo, se ha publicado el Real Decreto-ley 10/2021, de 18 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por la borrasca «Filomena».

A continuación, exponemos las medidas de índole tributaria contenidas en el mencionado real decreto-ley, donde se recogen beneficios fiscales como:

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