La entrega de acciones a los trabajadores vinculada al tiempo de permanencia en la empresa puede ser gravada por el Estado en el que estuvo desplazado
Enviado por Editorial el Vie, 02/03/2018 - 11:17Los Convenios que sigue el MCOCDE suelen establecer la tributación compartida en estos casos
La consulta de la Dirección General de Tributos de 4 de diciembre de 2017 nos presenta una situación especial en lo que tiene que ver con la entrega de acciones a los trabajadores en compensación por los servicios prestados.
Recordemos que la entrega gratuita o por precio inferior al normal de mercado de acciones a los trabajadores por parte de la empresa, por su condición de tales, se califica como rendimiento del trabajo en especie y que, en caso de obtención de ese tipo de rentas, el contribuyente/trabajador deberá proceder a su imputación en la declaración correspondiente al periodo en que le resultara exigible a su empleador.