La tasación pericial contradictoria es un procedimiento administrativo sometido a plazo, si bien no cabe silencio administrativo negativo
Enviado por Editorial el Mié, 13/02/2019 - 15:08Su naturaleza como procedimiento administrativo sitúa su extensión máxima en 6 meses, si bien tratándose de un procedimiento sui generis, no cabe silencio positivo en caso de inactividad administrativa
La sentencia de 17 de enero de 2019 cierra una cuestión abierta en sede del Tribunal Supremo, cual es la de si resulta aplicable a las tasaciones periciales contradictorias el plazo general de 6 meses establecido en el art. 104.1 Ley 58/2003 (LGT) como de duración máxima de un procedimiento administrativo y, por extensión, el silencio administrativo positivo recogido en el art. 104.3 de la misma norma.