Un juzgado de Madrid anula el IIVTNU pues la fórmula empleada por el ayuntamiento es errónea
Enviado por Editorial el Mié, 17/05/2017 - 14:05Un Juzgado de Madrid anula la liquidación por el IIVTNU girada por el Ayuntamiento tras demostrar el sujeto pasivo que a fórmula empleada por éste es errónea pues refleja el valor del suelo en años futuros y no pasados.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 15 de Madrid en su sentencia de 11 de noviembre de 2016 cálculo de la plusvalía siguiendo la fórmula matemática utilizada por el sujeto pasivo refleja el incremento de valor experimentado por el bien desde su adquisición hasta su transmisión, ya que calcula en primer lugar cuál era el valor del bien en el momento de adquisición y compara este valor con el final o de transmisión, obteniendo por diferencia el incremento de valor que ha experimentado el bien, mientras que la del Ayuntamiento refleja el valor del suelo en años futuros y no pasados, que no se ha producido.