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El TS cuestiona ante el TJUE la conformidad de los tipos autonómicos del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos a la Directiva 2003/96/CE por establecer tipos de gravamen diferenciados para un mismo producto, por razón del territorio

Adecuación de los tipos autonómicos del impuesto sobre Hidrocarburos a la Directiva 2003/96/CE. Imagen de surtidores de combustible

El Tribunal Supremo plantea una cuestión prejudicial al TJUE sobre la conformidad del Impuesto sobre Hidrocarburos a la Directiva de imposición energética (Directiva 2003/96/CE) por autorizar a las CCAA para establecer tipos de gravamen suplementarios diferenciados, por razón del territorio, mediante auto de 15 de noviembre de 2022, que se adelanta en la página del Poder Judicial y que de resolverse tal disconformidad en sentido positivo la Agencia Tributaria deberá devolver los ingresos tributarios derivados del tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos que estuvo vigente desde 2013 a 2018.

Mediante una resolución que se ha publicado en la página del Tribunal Supremo se informa del planteamiento por dicho órgano judicial de una cuestión prejudicial sobre el Impuesto Especial de Hidrocarburos mediante el Auto de 15 de noviembre de 2022, ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), para que interprete la conformidad de dicho impuesto a la Directiva 2003/96/CE de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad, ante la posibilidad de que la Ley española fuera incompatible con la misma, al autorizar a las Comunidades Autónomas para establecer tipos de gravamen suplementarios del Impuesto Especial de Hidrocarburos, diferenciados, por razón del territorio, con relación a un mismo producto.

La regulación española cuestionada estuvo vigente desde 2013 a 2018 y se han planteado al respecto diversos recursos de casación ante el Tribunal Supremo en los en los que subyace la negativa de la Agencia Tributaria a devolver los ingresos tributarios derivados del tramo autonómico del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos frente a quienes afirman haber soportado esa carga económica, que consideran contraria al Derecho de la Unión Europea.

Por ello, para resolver estos recursos considera el magistrado Dimitry Berberoff Ayuda, que es necesario que el TJUE resuelva la cuestión prejudicial planteada cuya controversia jurídica consiste en determinar si los tipos autonómicos del IEH resultaban contrarios al Derecho de la Unión, pues el Tribunal Supremo aprecia, que la interpretación de la Directiva no resulta con tanta evidencia como para no dejar lugar a ninguna duda razonable, conforme a la jurisprudencia del TJUE sobre el acto claro.

Autos y sentencias destacados del Tribunal Supremo publicados durante la segunda quincena de octubre de 2022

Resoluciones del TS publicadas durante la segunda quincena de octubre de 2022. Imagen de maza de justicia y bandera de España

En esta segunda quincena de octubre de 2022, el Tribunal Supremo ha publicado distintos recursos de casación para aclarar determinadas cuestiones fiscales sobre las que no existe jurisprudencia o es necesario que el Tribunal se pronuncie para fijar un sentido unívoco respecto. Entre las sentencias publicadas, destacamos las siguientes:

Autos y sentencias destacados del Tribunal Supremo publicados durante la primera quincena de octubre de 2022

Autos y sentencias destacados del TS publicados durante la primera quincena de octubre de 2022

Durante la primera quincena de marzo de 2022, el Tribunal Supremo ha publicado diversos pronunciamientos de especial interés. Entre las distintas sentencias destacamos las siguientes en las que el Tribunal refuerza y mantiene su doctrina:

El Tribunal Supremo anula las desproporcionadas sanciones por presentar fuera de plazo la declaración de bienes en el extranjero (Modelo 720) previas a la STJUE de 27 de enero de 2022, debido al carácter vinculante del Derecho de la UE

Son nulas las sanciones por presentar fuera de plazo el Modelo 720, incluso si son anteriores a la STJUE de 27 de enero de 2022. Imagen de maza judicial gigante sobre figura humana de pequeño tamaño

El régimen sancionador establecido por cumplimiento tardío de la obligación de declarar bienes y derechos en el extranjero, vulnera las obligaciones que le incumben al Reino de España, y por tanto los jueces y tribunales ordinarios de los Estados miembros, al enfrentarse con una norma nacional incompatible con el Derecho de la Unión están obligados a inaplicar la disposición nacional, ya sea posterior o anterior a la STJUE de 27 de enero de 2022.

En dos sentencias recientemente publicadas del Tribunal Supremo de 4 de julio y 6 de julio de 2022 se declara como doctrina que el régimen sancionador establecido en la disp. adic decimoactava.2 LGT, en su redacción dada por la Ley 7/2012, vulnera las obligaciones que le incumben al Reino de España, dado que tales sanciones resultan desproporcionadas respecto a las sanciones previstas en un contexto puramente nacional.

Ante la declaración de incumplimiento del Derecho de la Unión Europea por la normativa española de aplicación, efectuada por STJUE de 27 de enero de 2022, asunto C-788/19, el carácter vinculante del Derecho de la Unión Europea obliga a los jueces y tribunales ordinarios de los Estados miembros, al enfrentarse con una norma nacional incompatible con el Derecho de la Unión, como es el caso de la que sustenta la resolución sancionadora recurrida, a inaplicar la disposición nacional, ya sea posterior o anterior a la norma de Derecho de la Unión [Vid., STJUE de 5 de octubre de 2010, asunto C-173/09].

Más cuestiones planteadas al Tribunal Supremo durante la segunda quincena de julio de 2022

Autos, Tribunal Supremo, segunda quincena, julio 2022

En esta primera quincena de julio de 2022, además de las diversas sentencias que recogemos en nuestra entrada de jurisprudencia seleccionada correspondiente a este periodo, se han publicado númerosos autos planteando diversas cuestiones sobre las que el Tribunal Supremo deberá aclarar determinadas cuestiones fiscales sobre las que no existe jurisprudencia o es necesario que se pronuncie para fijar un sentido unívoco respecto.

Entre las nuevas cuestiones planteadas destacamos las siguientes:

El Tribunal Supremo admite como gasto deducible en el IS la retribución del socio mayoritario no administrador (socios trabajadores) abonada por la sociedad

El Tribunal Supremo admite como gasto deducible en el IS la retribución del socio mayoritario no administrador (socios trabajadores) abonada por la sociedad. Imagen de la vista interior de un edificio de oficinas con visión borrosa

El Tribunal Supremo admite como gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, las retribuciones abonadas por las empresas a un socio mayoritario que no sea administrador, doctrina que permitirá a miles de pequeñas y medianas empresas, deducir en su Impuesto sobre Sociedades, las retribuciones abonadas a sus socios trabajadores. 

En dos sentencias dictadas por el Tribunal Supremo el 6 de julio de 2022 y el 11 de julio de 2022, cuyo fallo se ha adelantado en una comunicación publicada en la página del Poder Judicial se admite como gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, las retribuciones abonadas a un socio mayoritario que no sea administrador

Mientras que la Administración  negó la deducibilidad de esas cantidades por no ser obligatorias (las calificaba de liberalidad), el Tribunal Supremo considera que la retribución del socio trabajador es deducible como gasto, cuando se acredite la correspondiente inscripción contable, se impute con arreglo a devengo y revista justificación documental, pues lo que determina su posible deducción es la realidad de la prestación del servicio, su efectiva retribución y su correlación con la actividad empresarial

El TS anula la liquidación del IAE de Vodafone al oponerse a la Directiva autorización a la vista de la nueva jurisprudencia del TJUE y considera discriminatoria la gran diferencia entre la tributación prevista para la telefonía móvil y fija

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El Tribunal Supremo anula la liquidación de 29,8 millones de euros de Vodafone por la cuota nacional del Impuesto sobre Actividades Económicas, ejercicio 2013, del Epígrafe 761.2, que grava a los operadores de telefonía móvil, por ser contrario al art. 13 de la Directiva autorización 2002/20/CE y además resulta injustificada y discriminatoria la gran diferencia existente entre la tributación prevista en el Epígrafe específico para el servicio de telefonía móvil -Epígrafe 761.2- que difiere de la establecida para el servicio de telefonía fija -Epígrafes 761.1 de la Secc. 1.ª de las Tarifas del IAE.

En una comunicación del Poder Judicial se ha adelantado el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo de 14 de julio de 22 en la que resolviendo la  cuestión planteada en el ATS de 30 de junio de 2021, recurso n.º 7503/2020 sobre la posible incompatibilidad del IAE con las Directiva 97/13/CEE y 2002/20/CE, ha anulado la liquidación del IAE de Vodafone, ejercicio 2013, del Epígrafe 761.2 que grava a los operadores de telefonía móvil, por ser contrario al art.13 de la Directiva autorización 2002/20/CE, de acuerdo con la última jurisprudencia emitida por el TJUE. En concreto, la STJUE de 6 de octubre de 2020, asunto C-443/19  ha dicho, aunque respecto del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, que, dado que constituye una condición previa para obtener el derecho de uso de las radiofrecuencias, el mismo «tiene las características de un canon establecido como contrapartida de este derecho de uso».  En esta sentencia el TS fija como doctrina que el artículo 13 de la Directiva autorización “se opone al IAE, Epígrafe 761.2, en tanto posee la consideración de ‘canon’ en los términos establecidos en el expresado precepto, y en cuanto grava a los operadores de telefonía móvil. Debe, pues, desplazarse la normativa nacional por oponerse a la europea”.

Nuevas cuestiones planteadas al Tribunal Supremo durante la primera quincena de julio de 2022

Autos, Tribunal Supremo, cuestiones, primera quincena, julio, 2022. Signos de interrogación de color negro y destaca uno en amarillo entre todos

En esta primera quincena de julio de 2022, además de las diversas sentencias que recogemos en nuestra entrada de jurisprudencia seleccionada correspondiente a este periodo, se han publicado números autos planteando diversas cuestiones sobre las que el Tribunal Supremo deberá aclarar determinadas cuestiones fiscales sobre las que no existe jurisprudencia o será necesario que el Tribunal se pronuncie para fijar un sentido unívoco respecto. Entre las nuevas cuestiones planteadas destacamos las siguientes:

Nuevas cuestiones planteadas al Tribunal Supremo durante la segunda quincena de junio de 2022

Autos, Tribunal Supremo, cuestiones, segunda quincena, junio, 2022

En esta segunda quincena de junio de 2022, además de las dos sentencias que recogemos en nuestra entrada de jurisprudencia seleccionada referidas a la tributación en el IRPF de las pensiones de jubilación de la OTAN y la sentencia referida requisito de que el sujeto pasivo inste el cobro del IVA mediante requerimiento notarial al deudor se satisface con cualquier comunicación notarial, se han publicado números autos planteando diversas cuestiones sobre las que el Tribunal Supremo deberá aclarar determinadas cuestiones fiscales sobre las que no existe jurisprudencia o será necesario que el Tribunal se pronuncie para fijar un sentido unívoco respecto. Entre las nuevas cuestiones planteadas destacamos las siguientes:

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