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Bizkaia aprueba sus Presupuestos y las medidas fiscales en materia de IRPF, IS, IP, IRNR, ISD e ITP y AJD, Impuesto Complementario, tributos locales, régimen fiscal mecenazgo, cooperativas, fundaciones y modifica su Norma Foral Tributaria para 2025

Bizkaia aprueba sus Presupuestos y las medidas fiscales en materia de IRPF,  IS, IP, IRNR, ISD e ITP y AJD, Impuesto Complementario, tributos locales, régimen fiscal mecenazgo, cooperativas, fundaciones bancarias y la Norma Foral Tributaria para 2025. Imagen de una mano pasando el año del calendario del 2024 al 2025

Bizkaia aprueba los Presupuestos Generales para 2025 junto con distintas medidas tributarias que afectan a la Norma Foral General Tributaria, al IRPF, IS, al IP, al IRNR, al ISD e ITP y AJD, IBI, IIVTNU, IVTM y al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo, fundaciones bancarias y al de cooperativas, así como incorpora la previsión de aplicación del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición del 15 por ciento para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud remitiéndose a la normativa aprobada en territorio común la regulación foral del impuesto para el devengo del primer periodo impositivo que se inicie con posterioridad al 31 de diciembre de 2023.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 30 de diciembre de 2024 se han publicado la NORMA FORAL 3/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2025 y la NORMA FORAL 4/2024, de 27 de diciembre, por la que se aprueban distintas medidas tributarias.

En la primera de ellas la NORMA FORAL 3/2024, además de os Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Bizkaia para el año 2025 se incluyen varias normas tributarias mediante las que se actualizan los tipos de cuantía fija de las tasas, precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia mediante la aplicación del coeficiente 1,020 a la cuantía exigible en 2024 a partir de 1 de enero del año 2025 y se establece el interés de demora en el 4,0625 por 100, con efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año 2025.

La NORMA FORAL 4/2024, de 27 de diciembre, por la que se aprueban medidas tributarias, contiene modificaciones que afectan, al IRPF, IS, IP, IRNR, ISD e ITP y AJD, Impuesto Complementario, tributos locales, régimen fiscal mecenazgo, cooperativas, fundaciones bancarias y Norma Foral Tributaria de Bizkaia, incorporando la vigente consideración de pareja de hecho en las distintas normas forales afectadas, en el sentido de considerar como tal a efectos fiscales a la constituida conforme a lo dispuesto en la Ley 2/2003 reguladora de las parejas de hecho de Euskadi, que ha equiparado los beneficios fiscales de las parejas de hecho con los de los matrimonios y las modificaciones operadas en la normativa reguladora del procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Se incluye también otra serie de modificaciones que derivan de la flexibilización del régimen de opciones permitiendo la modificación de la opción ejercitada una vez finalizado el periodo voluntario de declaración y siempre que no se haya producido un requerimiento previo de la Administración tributaria, eliminando la limitación que opera para determinadas opciones que no pueden ser modificadas una vez finalizado el plazo voluntario de declaración y se revisa la calificación de actividad económica para el arrendamiento, la promoción y la compraventa de inmuebles, a efectos tanto del IS, IP, adecuando el requisito de plantilla media anual exigida a la realidad del ejercicio de dichas actividades, así como del mercado, de manera que se reducen de cinco a tres el número de personas empleadas.

Navarra aprueba sus medidas tributarias para 2025 en materia de IRPF, IP, IS, ISD, ITP y AJD, Ley General Tributaria, fundaciones y mecenazgo, tasas y precios públicos y haciendas locales para mejorar la fiscalidad del sector primario y empresarial

Navarra aprueba sus medidas tributarias para 2025 en materia de IRPF, IP, IS, ISD, ITP y AJD, Ley General Tributaria, fundaciones y mecenazgo, tasas y precios públicos y haciendas locales para mejorar la fiscalidad del sector primario y empresarial. Imagen de la bandera de Navarra

Se modifican el Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF, la Ley Foral del IP, la Ley Foral del IS, los Textos Refundidos de las disposiciones del ISD y del ITP y AJD la Ley Foral General Tributaria, el Texto Refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos y la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra.

En el Boletín Oficial de Navarra de 31 de diciembre de 2024 se publicaron la LEY FORAL 19/2024, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2025 y la  LEY FORAL 20/2024, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias. En la primera de ellas se aprueban los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2025, sin que se incluya ninguna modificación a efectos tributarios. Estas modificaciones se incluyen en la LEY FORAL 20/2024 de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias, en la que se modifican el Texto Refundido de la Ley Foral del IRPF, la Ley Foral del IP, la Ley Foral del IS, los Textos Refundidos de las disposiciones del ISD y del ITP y AJD la Ley Foral General Tributaria, el Texto Refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, la Ley Foral de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus Organismos Autónomos y la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra.

Álava aprueba las medidas fiscales para 2025 en materia de IRPF, IS, IP, IRNR, ISD e ITP y AJD, IAE, IIVTNU, ICIO, régimen fiscal del mecenazgo y fundaciones bancarias, Impuesto de las Grandes Fortunas y Norma Foral Tributaria

Álava aprueba las medidas fiscales para 2025 en materia de IRPF,  IS, IP, IRNR, ISD e ITP y AJD, IAE, IIVTNU, ICIO, régimen fiscal del mecenazgo y fundaciones bancarias, Impuesto de las Grandes Fortunas  y Norma Foral Tributaria. Imagen de una barra de progreso del año 2025 en una pantalla LCD digital

Álava aprueba distintas medidas tributarias para 2025 que afectan a la Norma Foral General Tributaria de Álava, al IRPF, IS, al IP, al IRNR, al ISD e ITP y AJD, al IAE, IIVTNU, ICIO, al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo, al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y al régimen fiscal de las fundaciones bancarias.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava del 30 de diciembre de 2024 también se han publicado la NORMA FORAL 19/2024, de 20 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2025  y la NORMA FORAL 18/2024, de 17 de diciembre, de ejecución del presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2025 junto con el Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 3/2024, de 27 de diciembre, que aprueba la aplicación de un impuesto complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud y el DECRETO FORAL 27/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 23 de diciembre. Aprobar los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.

La NORMA FORAL 19/2024, de 20 de diciembre, de medidas tributarias para el año 2025, contiene modificaciones que afectan, a la Norma Foral General Tributaria de Álava, al IRPF, IS, al IP, al IRNR, al ISD e ITP y AJD, al IAE, IIVTNU, ICIO, al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo, al Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas y al régimen fiscal de las fundaciones bancarias. Muchas de las modificaciones que encontramos derivan de los cambios en la Ley 2/2003 reguladora de las parejas de hecho de Euskadi, por los que se han equiparado los beneficios fiscales de las parejas de hecho con los de los matrimonios.

Álava incorpora el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición del 15 por ciento para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud

Álava incorpora el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global . Imagen mapa mundi con monedas apiladas

La falta de transposición de la Directiva (UE) 2022/253, del Consejo por parte del Reino de España en el plazo señalado impide que las instituciones competentes del Territorio Histórico ejerzan su potestad normativa con anterioridad al señalado devengo del impuesto, el 31 de diciembre de 2024, por lo que en el ámbito del Territorio Histórico de Álava se aprueba este Decreto Normativo de Urgencia Fiscal por razones de seguridad jurídica, remitiendo a la normativa aprobada en territorio común la regulación foral del impuesto para el devengo del primer periodo impositivo que se inicie con posterioridad al 31 de diciembre de 2023, a la espera de que las Juntas Generales, tras la modificación del Concierto Económico que incorpore su concertación.

Álava aprueba los coeficientes de actualización aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025

Coeficientes de actualización aplicables para 2025 en el IRPF e IS a las transmisiones patrimoniales en Álava. Año 2025 cayendo sobre 2024

Álava aprueba los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025.

En el Boletín Oficial de Álava de 30 de diciembre de 2024 se ha publicado el Decreto Foral 27/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 23 de diciembre. Aprobar los coeficientes de actualización aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el Impuesto sobre Sociedades.

En el caso del IRPF, para la determinación del valor de adquisición de los elementos patrimoniales en el caso de transmisiones onerosas o lucrativas, los coeficientes de actualización aplicables a las transmisiones realizadas en el ejercicio 2025, serán los siguientes:

Gipuzkoa aprueba los coeficientes de actualización aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025

Coeficientes de actualización aplicables para 2025 en el IRPF e IS a las transmisiones patrimoniales en Gipuzkoa. Imagen de barras gráficas comparativas de diversos años

Gipuzkoa aprueba los coeficientes de actualización del valor de adquisición de los correspondientes elementos patrimoniales aplicables en el IRPF e IS a las transmisiones que se efectúen en el ejercicio 2025.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 30 de diciembre de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL 61/2024, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se aprueban los coeficientes de actualización aplicables en 2025 para la determinación, en el citado impuesto y en el impuesto sobre sociedades, de las rentas obtenidas en la transmisión de elementos patrimoniales.

Gipuzkoa incorpora el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición del 15 por ciento para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud

Gipuzkoa incorpora el Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global . Imagen de mapa mundi virtual y monedas apiladas

La falta de transposición de la Directiva (UE) 2022/253, del Consejo por parte del Reino de España en el plazo señalado impide que las instituciones competentes del Territorio Histórico ejerzan su potestad normativa con anterioridad al señalado devengo del impuesto, el 31 de diciembre de 2024, por lo que en el ámbito del Territorio Histórico de Gipuzkoa se aprueba este decreto foral-norma por razones de seguridad jurídica, remitiendo a la normativa aprobada en territorio común la regulación foral del impuesto para el devengo del primer periodo impositivo que se inicie con posterioridad al 31 de diciembre de 2023, a la espera de que las Juntas Generales, tras la modificación del Concierto Económico que incorpore su concertación.

Junto con la aprobación del presupuesto para 2025 sin ninguna disposición tributaria, Álava ratifica convenio entre la Administración de Euskadi y las Diputaciones Forales para promover la educación cívico-tributaria en los centros escolares

Junto con la aprobación del presupuesto para 2025 sin ninguna disposición tributaria, Álava ratifica convenio entre la Administración de Euskadi y las Diputaciones Forales para promover la educación cívico-tributaria en los centros escolares. Imagen de un niño en un escritorio con una pila de papeles

Junto con la aprobación del presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2025 sin ninguna disposición de carácter tributario, Álava ratifica el convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2025-2026 y 2026-2027 se enmarca dentro de las líneas de actuación prioritarias la promoción de la educación cívico-tributaria que se incluye en los planes conjuntos contra el fraude.

En el BOTHA de hoy, 27 de diciembre de 2024, se han publicado la NORMA FORAL 15/2024, de 12 de diciembre, de presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2025 y la NORMA FORAL 16/2024, de 13 de diciembre, de ratificación del convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2025-2026 y 2026-2027.

En la NORMA FORAL 15/2024 de presupuesto de las Juntas Generales de Álava para el año 2025 no encontramos ninguna disposición de carácter tributario, sin embargo la NORMA FORAL 16/2024 que ratifica el convenio de colaboración entre la administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y las Diputaciones Forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa para la implantación de una unidad didáctica común sobre economía y fiscalidad en los centros escolares de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los cursos 2025-2026 y 2026-2027 se enmarca dentro de las líneas de actuación prioritarias la promoción de la educación cívico-tributaria que se incluye en los planes conjuntos contra el fraude.

Publicados los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025 en los que se fija el interés de demora en el 4,0625 para 2025, se actualizan las tasas y los valores catastrales en 1,020

Publicados los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025. Imagen de varias versiones de la bandera de Guipuzkoa

Publicados los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025 en los que se fija el interés de demora en el 4,0625 para 2025, y se establece un coeficiente de actualización del 1,020 aplicable a partir de 1 de enero del año 2025 a los valores catastrales vigentes durante el año 2024 y se incrementan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,020 a la cuantía exigible en 2024.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa, de hoy, 26 de diciembre de 2024 se ha publicado la NORMA FORAL 4/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Territorio Histórico de Gipuzkoa para el año 2025, en el contexto del crecimiento de la economía guipuzcoana en un 1,9 % durante el segundo trimestre del año, aunque marcado por un contexto internacional con prevalencia de elevados niveles de incertidumbre y conflictos geopolíticos entre distintos actores y el el ajuste a la baja de los precios de la energía, la relajación en las fricciones de las cadenas de suministro, o la disminución de los precios de exportación, lo que ha propiciado que la inflación se vaya acercando gradualmente a los objetivos marcados por el Banco Central Europeo.

Gipuzkoa aprueba determinadas medidas fiscales en materia de IRPF e IS aplicables en el ejercicio 2024

Gipuzkoa: Medidas fiscales en materia de IRPF e IS aplicables en el ejercicio 2024. Concepto de cálculo de pensión

Gipuzkoa ha aprobado determinadas medidas tributarias mediante un Decreto Foral Norma para el año 2024 que afectan al IRPF e IS, dado que dichas medidas resultarán aplicables en el periodo impositivo 2024 y en algún caso a otros anteriores.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 19 de diciembre de 2024, se ha publicado el DECRETO FORAL-NORMA 1/2024, del 17 de diciembre, por el que se aprueban determinadas medidas tributarias para el año 2024 que afectan al IRPF e IS y que resultarán aplicables en el periodo impositivo 2024 y en algún caso a otros anteriores.

En materia de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se aprueban nuevas exenciones como la relacionada con las ayudas a las personas afectadas por la talidomida durante el período 1950-1985 y que resulta aplicable desde el 1 de enero de 2023, que fue cuando comenzaron abonarse las ayudas. Para el ejercicio 2024 estarán exentos los rendimientos percibidos por el desempeño de funciones relacionadas con el deporte escolar. Por otro lado, en materia de alteraciones patrimoniales, se precisa que las ganancias derivadas de la percepción de intereses de demora de carácter indemnizatorio se incluyen entre los conceptos que constituyen renta del ahorro. El límite del 25% aprobado para el periodo 2024 de la compensación del saldo negativo resultante de integrar, exclusivamente entre sí, en cada periodo impositivo, las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base imponible general, se aplicará con efectos retroactivos en los períodos impositivos 2022 y 2023.

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