Foral

Gipuzkoa modifica su reglamento del Impuesto sobre Sociedades para desarrollar los incentivos fiscales para el fomento de la cultura aprobados por la Norma Foral 2/2024 referidos especialmente a espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales

Gipuzkoa desarrolla reglamentariamente los incentivos fiscales para el fomento de la cultura en el Impuesto sobre Sociedades. Cantante rock dando un concierto en un escenario oscuro

Gipuzkoa modifica su reglamento del Impuesto sobre Sociedades para desarrollar los incentivos fiscales para el fomento de la cultura introducidos por la Norma Foral 2/2024, que introdujo grandes novedades para dar respuesta a los desafíos del sector audiovisual, que ha sufrido una gran transformación en los últimos años como consecuencia de la irrupción de las plataformas en streaming, mejorando sustancialmente los incentivos fiscales aplicables, ampliando su ámbito de deducción al incorporar como figuras susceptibles de incentivación los espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, así como la participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 9 de diciembre de 2024, se ha publicado el Decreto Foral 56/2024, de 3 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, para desarrollar los incentivos fiscales para el fomento de la cultura.

Mediante esta norma se incorpora en el ordenamiento tributario gipuzkoano la regulación reglamentaria de las nuevas deducciones en el Impuesto sobre Sociedades «Incentivos para el fomento de la cultura» y la «Participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales» que incorporó la Norma Foral 2/2024, en la norma foral del Impuesto sobre Sociedades de Gipuzkoa, que introdujo grandes novedades para dar respuesta a los desafíos del sector audiovisual, que ha sufrido una gran transformación en los últimos años como consecuencia de la irrupción de las plataformas en streaming, mejorando sustancialmente los incentivos fiscales aplicables, ampliando su ámbito de deducción al incorporar como figuras susceptibles de incentivación los espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales, así como la participación en la financiación de obras audiovisuales y de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales.

Gipuzkoa modifica sus reglamentos de IRPF, IS, IRNR, ITP y AJD y de procedimiento de recaudación y de obligaciones formales para adaptarlos a las últimas modificaciones aprobadas en su ordenamiento tributario

Gipuzkoa modifica sus reglamentos de IRPF, IS, IRNR, ITP y AJD y de procedimiento de recaudación y de obligaciones formales. Lupa aumentando bloques de colores

Gipuzkoa modifica sus reglamentos tributarios de IRPF, IS, IRNR, ITP y AJD para incluir la nueva regulación de las parejas de hecho, retenciones de los rendimientos del trabajo en el IRPF derivados de la impartición de cursos y seminarios y de obras artísticas y literarias, régimen tributario de la vivienda habitual, entre otras. Por otra parte en el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales se incorpora la obligación e información respecto a los productos paneuropeos de pensiones individuales.

En el Boletín Oficial de Gipuzkoa de hoy, 5 de diciembre de 2024, se ha publicado el DECRETO FORAL 55/2024, de 3 de diciembre, por el que se desarrollan reglamentariamente diversas modificaciones de la Norma Foral 1/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2024, y otras normas tributarias.

A raíz de la aprobación de la NORMA FORAL 1/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2024, resulta necesario incluir modificaciones en varios reglamentos tributarios. Mediante la NORMA 1/2024 se adaptó la normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos distintos a los tributarios: parejas de hecho, procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, nuevo régimen especial dirigido a personas fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación o «start-ups», nueva obligación de información para las personas jurídicas o entidades, que deberán comunicar a la Administración tributaria quiénes son sus titulares reales, cesión de datos reservados con trascendencia tributaria a terceros, y se mejora la regulación de la solicitud y examen de la copia de la contabilidad.

Navarra modifica su texto refundido del IRPF para incluir en las prestaciones de jubilación o de invalidez de la Seguridad Social las aportaciones anteriores al 1 de enero de 1979 a mutualidades de previsión social

Navarra modifica su texto refundido del IRPF para incluir en las prestaciones de jubilación o de invalidez de la Seguridad Social las aportaciones anteriores al 1 de enero de 1979 a mutualidades de previsión social. Imagen de una pareja de jubilados echando cuentas

Navarra modifica su texto refundido del IRPF con efectos a partir de 1 de enero de 2024 para adecuar el contenido de esta norma al fallo de la STS de 28 de febrero de 2023 que resolvió que deben integrarse en la base imponible del impuesto el 75% del importe de las prestaciones por jubilación o invalidez percibidas derivadas de las aportaciones/cotizaciones realizadas a mutualidades de previsión social hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento.

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 7 de noviembre de 2024, se ha publicado la LEY FORAL 16/2024, de 30 de octubre, de modificación del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con efectos a partir de 1 de enero de 2024.

Mediante esta norma se integra en la norma reguladora del IRPF en Navarra, la solución aportada por la STS de 28 de febrero de 2023, recurso n.º 5335/2021 a las reclamaciones de los mutualistas navarros de modo que a partir del 1 de enero de 2024 las prestaciones de jubilación o de invalidez de la Seguridad Social que deriven de aportaciones realizadas a mutualidades de previsión social realizadas hasta el 31 de diciembre de 1978, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento se integren en el ámbito de aplicación de la  no queden excluidas de la aplicación  del régimen transitorio aplicable a las mutualidades de previsión social, por el cual se integran en la base imponible del impuesto el 75 por ciento de dichas prestaciones percibidas por jubilación o invalidez.

Bizkaia modifica los tipos reducidos de IVA para productos esenciales como aceites y pastas

Bizkaia reduce los tipos de IVA de los alimentos esenciales. Imagen de diversos formatos de aceite

El Decreto Foral Normativo 4/2024 adapta los tipos reducidos del IVA para productos esenciales, con rebajas temporales en alimentos como aceites, pan, huevos, frutas y pastas.

En el Boletín Oficial De Bizkaia se ha publicado hoy, 5 de noviembre de 2024, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 4/2024, de 24 de octubre, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se modifica la Norma Foral 7/1994, de 9 de noviembre del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Esta modificación incluye las medidas del Real Decreto-ley 4/2024, extendiendo la aplicación de tipos reducidos de IVA para ciertos alimentos, con el objetivo de mitigar los efectos de la inflación y beneficiar a los consumidores, especialmente a los más vulnerables, si bien los efectos temporales de algunas de ellas ya han concluido.

Álava modifica los tipos reducidos de IVA para productos esenciales como aceites y pastas

Álava modifica los tipos reducidos de IVA para productos esenciales como aceites y pastas. Imagen de unas botellas de aceite de oliva y unas olivas a su alrededor

El Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2024 adapta los tipos reducidos del IVA para productos esenciales, con rebajas temporales en alimentos como aceites y pastas.

En el Boletín Oficial del Territorio de Alava se ha publicado hoy, 23 de octubre de 2024, el DECRETO NORMATIVO DE URGENCIA FISCAL 2/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 15 de octubre. Aprobar la adaptación a la normativa tributaria de Álava de diversas modificaciones introducidas en el IVA.

Esta modificación incluye las medidas del Real Decreto-ley 4/2024, extendiendo la aplicación de tipos reducidos de IVA para ciertos alimentos, con el objetivo de mitigar los efectos de la inflación y beneficiar a los consumidores, especialmente a los más vulnerables, si bien los efectos temporales de algunas de ellas ya han concluido.

Gipuzkoa prorroga y cambia los tipos reducidos de IVA hasta diciembre de 2024

Gipuzkoa prorroga y cambia los tipos reducidos de IVA hasta diciembre de 2024. Imagen de cesta de mimbre con leche, cereales y huevos

El Decreto Foral Normativo 2/2024 adapta los tipos reducidos del IVA para productos esenciales, con rebajas temporales en alimentos como aceites y pastas.

El 11 de septiembre de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2024, de 3 de septiembre, que modifica el Decreto Foral Normativo 3/2023, de 26 de julio, que regula el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta modificación incluye las medidas del Real Decreto-ley 4/2024, extendiendo la aplicación de tipos reducidos de IVA para ciertos alimentos, con el objetivo de mitigar los efectos de la inflación y beneficiar a los consumidores, especialmente a los más vulnerables.

Las principales modificaciones son:

Bizkaia modifica su Reglamento del Catastro Inmobiliario a efectos de incorporar los medios de identificación y firma de la Administración electrónica en el procedimiento de revisión de valores catastrales

Bizkaia incorpora los medios de identificación y firma de la Administración electrónica en el procedimiento de revisión de valores catastrales. Imagen de portátil con imagen virtual sobrepuesta

Bizkaia modifica su Reglamento del Catastro Inmobiliario a efectos de incorporar los medios de identificación y firma de la Administración electrónica en el procedimiento de revisión de valores catastrales con el propósito de facilitar el acceso a la tramitación electrónica de este procedimiento, tanto el acceso a la notificación como posteriores trámites.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy se ha publicado el DECRETO FORAL 71/2024, de 27 de junio, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia en relación con el procedimiento de revisión de los valores catastrales.

Navarra prórroga la rebaja del IVA en los tipos aplicables a determinados alimentos y consolida el aceite de oliva como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento con carácter indefinido

Navarra prórroga la rebaja del IVA a determinados alimentos y establece la aplicación del tipo súper reducido al aceite de oliva. Imagen de diversas botellas de aceite

En el Boletín Oficial de Navarra de 16 de agosto de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2024, de 24 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, de armonización tributaria, por el que se prorrogan determinadas medidas en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido.

En concreto, se mantiene la rebaja del IVA en los tipos del 5 por ciento para pastas alimenticias y aceites de semilla y del 0 por ciento para alimentos de primera necesidad hasta el 30 de septiembre de 2024.

Respecto a los aceites de oliva, alimento básico y esencial de una dieta saludable, se reduce desde el 5 por ciento precedente al 0 por ciento hasta el 30 de septiembre de 2024. A partir de dicha fecha, para la que ya se estima una reducción significativa de la inflación, se incrementarán los tipos impositivos al 7,5 y 2 por ciento, respectivamente, hasta el 31 de diciembre.

Además, el tipo impositivo aplicable a las entregas de aceite de oliva se consolida como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento a partir del 1 de enero de 2025, con carácter indefinido.

Álava impulsa los incentivos para el fomento de la cultura en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades

Álava actualiza y amplía las deducciones en el IRPF e IS para el fomento de la cultura. Imagen de función de teatro antiguo en blanco y negro

Álava actualiza y amplía los incentivos fiscales en el IRPF e IS para el fomento de la cultura, estableciendo una deducción cuyo objeto son las inversiones y gastos en producciones de obras audiovisuales, otra deducción por espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales y la última por edición de libros, con efectos desde el 1 de enero de 2024.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava de hoy, 7 de junio de 2024 se ha publicado la NORMA FORAL 9/2024, de 22 de mayo, por la que se actualizan y amplían los incentivos fiscales para el fomento de la cultura, con efectos desde el 1 de enero de 2024.

Mediante esta norma se procede dar un impulso adicional a los incentivos para el fomento de la cultura en el ordenamiento tributario foral, para fomentar las inversiones y gastos en producciones de obras audiovisuales y en espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Para ello se mejoran sustancialmente los incentivos fiscales que existen actualmente y se establecen nuevos incentivos fiscales relacionados.

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones. Imagen de dibujos de personas con números a su alrededor y algunos con montones de monedas de dólar

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar los cambios sobre los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL 7/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 7 de mayo. Aprobar la modificación del Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, y del Decreto Foral 40/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Páginas