Novedades Legislativas

Aragón aprueba los Impuestos Medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos

Nuevos Impuestos Medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos en Aragón. Imagen de molinos de viento en un campo

El 29 de mayo de 2024 se ha publicado en el BOA la Ley 2/2024, de 23 de mayo, por la que se crean los Impuestos Medioambientales sobre parques eólicos y sobre parques fotovoltaicos en la Comunidad Autónoma de Aragón y se modifica el Impuesto Medioambiental sobres las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión.

Las instalaciones eólicas y fotovoltaicas son objeto del correspondiente estudio de impacto ambiental donde se han valorado los daños, se han incluido medidas correctoras, preventivas o compensatorias y se ha efectuado un balance entre el daño generado por el proyecto y el interés general en la ejecución del mismo, todo ello con independencia del establecimiento de tributos de carácter medioambiental. Pero siendo esto cierto, ello no implica que los procesos de generación de este tipo de energía sean inocuos para el medioambiente, y es aquí donde adquieren todo su sentido y finalidad, como medidas complementarias, los llamados impuestos medioambientales.

Modificaciones que afectan a la presentación electrónica del modelo 361 de devolución del IVA

Modificaciones que afectan a la presentación electrónica del modelo 361 de devolución del IVA. Imagen de una persona utilizando un portátil en un escritorio

Con fecha 28 de mayo de 2024 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/498/2024, de 21 de mayo, por la que se modifica la Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023

Aprobados los modelos de declaración del IS y del IRNR. Captura de los modelos 202 y 200

Con fecha 27 de mayo de 2024 se ha publicado en el BOE la Orden HAC/495/2024, de 21 de mayo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, y por la que se modifican la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, y por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones. Imagen de dibujos de personas con números a su alrededor y algunos con montones de monedas de dólar

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar los cambios sobre los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL 7/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 7 de mayo. Aprobar la modificación del Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, y del Decreto Foral 40/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Gipuzkoa aprueba medidas para 2024 adecuando su normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos y que afectan a IRPF, IS, IP, IRNR, ISD, ITP Y AJD, IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, mecenanzgo y su Norma General Tributaria

Medidas tributarias para 2024 en Gipuzkoa para adecuar du normativa a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos. Imagen de Datalake Big Data Warehouse Data Lake Platform Analytics Technology

Gipuzkoa aprueba distintas medidas tributarias para 2024 para la adecuación de su normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos distintos a los tributarios y que afectan al IRPF, IS, IP, IRNR, ISD, ITP Y AJD, IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, mecenanzgo y du Norma General Tributaria a fin de guardar su coherencia y estructura.

En el Boletín Oficial Gipuzkoa de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado la NORMA FORAL 1/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2024.

Mediante esta norma se procede a la adecuación de su normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos distintos a los tributarios: se trataría de cambios efectuados en normativas sustantivas ajenas al sistema tributario que, directa o tangencialmente, inciden en la regulación tributaria, lo cual exige realizar las debidas adaptaciones de la normativa tributaria a dichos cambios, a fin de guardar su coherencia y estructura.

Estos cambios vienen provocados por las modificaciones relativas al régimen fiscal de las parejas de hecho, procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, nuevo régimen especial dirigido a personas fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación o «start-ups», nueva obligación de información para las personas jurídicas o entidades, que deberán comunicar a la Administración tributaria quiénes son sus titulares reales, cesión de datos reservados con trascendencia tributaria a terceros, y se mejora la regulación de la solicitud y examen de la copia de la contabilidad.

Gipuzkoa impulsa los incentivos para el fomento de la cultura en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades

Nuevas deducciones en el IS para el fomento de la cultura en Gipuzkoa

Gipuzkoa actualiza y amplía los incentivos fiscales para el fomento de la cultura, estableciendo una deducción cuyo objeto son las inversiones y gastos en producciones de obras audiovisuales, otra deducción por espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales y la última por edición de libros.

En el Boletín Oficial Gipuzkoa de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado la NORMA FORAL 2/2024, de 10 de mayo, por la que se actualizan y amplían los incentivos fiscales para el fomento de la cultura.

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones. Imagen de dibujos de personas con números a su alrededor y algunos con montones de monedas de dólar

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar los cambios sobre los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL 7/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 7 de mayo. Aprobar la modificación del Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, y del Decreto Foral 40/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Modificado el modelo de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por el deber de secreto profesional

Modelo de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar. Imagen de la cabecera del Anexo de la norma

Se adapta el modelo a los cambios introducidos en la LGT y en el RGAT motivados por la jurisprudencia europea, que eliminó la obligación impuesta a los intermediarios amparados por el secreto profesional de notificar el ejercicio de dicho secreto al resto de intermediarios que no son sus clientes

En el BOE de 17 de mayo se ha publicado la Resolución de 8 de mayo de 2024, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 8 de abril de 2021, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración.

Se prevén cambios en el modelo 303 para implementar la autoliquidación rectificativa regulada en el artículo 74 bis RIVA

Proyecto de Orden: modificaciones en el modelo 303. Imagen de la cabecera del modelo 303

La Ley 13/2023, de 24 de mayo, introdujo diversas modificaciones en la Ley General Tributaria, una de ellas consistió en el establecimiento de un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones, regulando con esta finalidad la nueva figura de la autoliquidación rectificativa. Esta nueva figura sustituirá, en aquellos tributos en los que así se establezca, el actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación.

El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, modificó los reglamentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades, impuesto sobre el valor añadido, impuestos especiales y del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, para desarrollar esta nueva figura impositiva.

Concretamente, en materia de IVA, se introdujo en el reglamento del impuesto el artículo 74 bis (Autoliquidaciones rectificativas), entrando en vigor cuando lo haga la orden ministerial que apruebe el correspondiente modelo de declaración.

En la página del Ministerio de Hacienda se ha publicado el texto del Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, …, para introducir en el modelo 303 los cambios necesarios para la implementación de la autoliquidación rectificativa regulada en el artículo 74 bis del reglamento.

Páginas