Novedades Legislativas

Aprobación de los documentos notariales electrónicos creados por la Ley 11/2023, sujetos a ITP y AJD mediante efectos timbrados, constituidos por el folio de matriz electrónica y el folio de copia autorizada electrónica con destino a tercero

Aprobación de los documentos notariales electrónicos creados por la Ley 11/2023, sujetos a ITP y AJD. Mujer sentada frente a diversos dispositivos

Aprobación de los documentos notariales electrónicos creados por la Ley 11/2023, sujetos a ITP y AJD mediante efectos timbrados, constituidos por el folio de matriz electrónica y el folio de copia autorizada electrónica con destino a tercero de cuya distribución y recaudación se encarga el Consejo General del Notariado que ha de asumir las funciones en el procedimiento de ingreso en el Tesoro Público del rendimiento del impuesto y de suministro de información necesaria para su correcta imputación en los supuestos de utilización de documentos electrónicos.

En el BOE de hoy, 31 de marzo de 2025, se ha publicado la ORDEN HAC/305/2025, de 27 de marzo, por la que se aprueban los documentos notariales electrónicos timbrados y por la que se modifica la Orden de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1991, por la que se dictan instrucciones acerca del régimen económico financiero de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Mediante esta norma se incorporan a la Orden de Economía y Hacienda de 27 de diciembre de 1991 los nuevos documentos o efectos que implican el devengo y recaudación de la figura impositiva de ITP y AJD mediante efectos timbrados, creados por la Ley 11/2023, y se actualizan los órganos o que intervienen en el procedimiento de recaudación e ingreso del impuesto devengado.

Cataluña aprueba medidas en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos

Cataluña: impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos. Imagen de pisos céntricos y dedicados al turismo

El 26 de marzo de 2025 se ha publicado el DOGC el Decreto ley 6/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, y tiene como entrada en vigor el día 27 de marzo con excepciones que mencionaremos a continuación.

El contexto económico y social actual ha generado la necesidad de adoptar medidas fiscales urgentes en el ámbito del turismo y la vivienda. En los últimos años, la emergencia habitacional se ha convertido en un problema prioritario en Cataluña, con especial impacto en colectivos vulnerables, como jóvenes y familias con menos recursos, que encuentran dificultades para acceder a una vivienda digna debido al aumento de precios del alquiler y la compra.

Soluciones a las deficiencias señaladas en el informe del Tribunal de Cuentas europeo sobre el Fraude del IVA en las importaciones: el paquete ViDA (VAT in the Digital Age), el nuevo Código Aduanero y la Autoridad Aduanera de la UE

Fraude del IVA en las importaciones. Vista aérea de almacén de contenedores

El Tribunal de Cuentas Europeo llega a la conclusión de que existen graves insuficiencias en los controles de los Estados miembros y deficiencias en la cooperación, razón por la cual el fraude cometido por los operadores económicos en relación con el IVA sobre las importaciones es uno de los principales tipos de fraude transfronterizo del IVA. Estos problemas intentan solventarse mediante un sistema central en el que se comparta la información sobre el IVA «VIES central» que se establece en el paquete ViDA (VAT in the Digital Age) y mediante la modificación del Código Aduanero de la Unión y la creación de la Autoridad Aduanera de la Unión.

El 25 de marzo de 2025 se publicó en el DOUE el paquete para modernizar la normativa europea del IVA, abordando los retos que suponen la digitalización y el auge de las plataformas de comercio electrónico, a la vez que el Informe Especial 08/2025 del Tribunal de Cuentas sobre el Fraude del impuesto sobre el valor añadido en las importaciones. Este informe basado en una auditoría que abarcó el período comprendido entre 2021 y mayo de 2024 señala que los Estados miembros perdieron alrededor de 89 000 millones de euros en 2022 y concluyó que los intereses financieros de la UE no están suficientemente protegidos en los regímenes aduaneros simplificados de importación. El Tribunal de Cuentas detecta lagunas e incoherencias en el marco regulador de la UE y graves insuficiencias en la manera en que los Estados miembros comprueban que se recauda el importe correcto del IVA en las importaciones cuando se utilizan regímenes aduaneros simplificados de importación.

Cataluña aprueba finalmente sus medidas fiscales para 2025, centrándose en el IRPF, el ISD y el ITP y AJD

Cataluña aprueba finalmente sus medidas fiscales para 2025, centrándose en el IRPF, el ISD y el ITP y AJD. Imagen de la bandera de Cataluña

Se tiene en cuenta la dificultad de acceso a la vivienda y la protección de las víctimas de violencia machista.

El 26 de marzo de 2025 se ha publicado en el DOGC el Decreto ley 5/2025, de 25 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, de gastos de personal y otras administrativas, y que responde principalmente a dos necesidades imperativas de la sociedad catalana: la dificultad de acceso a un derecho básico como es el de la vivienda y la necesidad de protección de las víctimas de violencia machista.

Pero aquí nos detendremos en exponer las modificaciones fiscales en tributos cedidos y propios. Tiene como entrada en vigor el día 27 de marzo de 2025.

TRIBUTOS CEDIDOS

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Se aprueban medidas con efectos a partir del 1 de enero de 2025, incluyendo:

  • Escala de gravamen

Se reducen los tipos impositivos en los primeros tramos de tributación para aliviar la carga fiscal de los contribuyentes con menores ingresos. Además se reestructura la escala de tramos, pasando de nueve a ocho para lograr una distribución más equilibrada y equitativa de la carga fiscal.

Se modifican la directiva IVA para adaptarla a la era digital, así como las disposiciones de cooperación administrativa y los requisitos de notificación aplicables en el caso de interfaces electrónicas como plataformas, portales o medios similares

Se modifican la directiva IVA para adaptarla a la era digital, así como las disposiciones de cooperación administrativa y los requisitos de notificación aplicables en el caso de interfaces electrónicas como plataformas, portales o medios similares. Imagen de un diseño web concepto isométrico. Desarrollo web de todas las plataformas

Con el fin de aumentar la recaudación sobre las operaciones transfronterizas y poner fin a la fragmentación actual derivada de la aplicación por parte de los Estados miembros de sistemas de suministro de información divergentes, deben establecerse normas para los requisitos de suministro digital de información de la Unión, de forma que el uso de la facturación electrónica debe convertirse en el sistema por defecto para la expedición de facturas. Se establece un sistema electrónico central de intercambio de información sobre el IVA (en lo sucesivo, «VIES central») para compartir información sobre el IVA entre los Estados miembros y se aclaran determinados elementos de la norma respecto al sujeto pasivo considerado proveedor en el caso de interfaces electrónicas tales como las plataformas, portales o medios similares que faciliten la prestación de servicios de alquiler de alojamientos de corta duración o de servicios de transporte de pasajeros por carretera.

En el DOUE de hoy, 25 de marzo de 2025, se han publicado la DIRECTIVA (UE) 2025/516 del Consejo, de 11 de marzo de 2025, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta a las normas del IVA en la era digital, el REGLAMENTO (UE) 2025/517 del Consejo, de 11 de marzo de 2025, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.° 904/2010 en lo que respecta a las disposiciones de cooperación administrativa en materia de IVA necesarias en la era digital y el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/518 del Consejo, de 11 de marzo de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.° 282/2011 en lo que respecta a los requisitos de notificación aplicables a determinados regímenes del IVA.

La UE aprueba un reglamento con las disposiciones técnicas para los sistemas electrónicos de intercambio y almacenamiento de información aduanera

Sistemas electrónicos de intercambio y almacenamiento de información aduanera. Empresario tocando tableta para analizar stock en puerto logístico y mapa del mundo con distribución de red logística

Se especifican las disposiciones técnicas para el funcionamiento de los sistemas electrónicos, así como se contienen otras disposiciones en materia de protección, actualización y limitación del tratamiento de datos, propiedad y seguridad de los sistemas electrónicos mediante los cuales debe efectuarse el intercambio y almacenamiento de información en materia aduanera.

En el DOUE de hoy, 20 de marzo de 2025, se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/512, de la Comisión de 13 de marzo de 2025 por el que se establecen las disposiciones técnicas para el desarrollo, el mantenimiento y la utilización de los sistemas electrónicos destinados al intercambio y al almacenamiento de información con arreglo al Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

El Código Aduanero de la Unión establece que todo intercambio de información, como declaraciones, solicitudes o decisiones, entre las autoridades aduaneras y entre estas y los operadores económicos, así como el almacenamiento de esa información, según sea necesario con arreglo a la legislación aduanera de la Unión, deben efectuarse mediante técnicas de tratamiento electrónico de datos. A través de esta norma se especifican las disposiciones técnicas para el funcionamiento de los sistemas electrónicos, como en lo referente a su desarrollo, prueba e implantación, así como para el mantenimiento de dichos sistemas y las modificaciones que hayan de realizarse en ellos, así como se contienen otras disposiciones en materia de protección, actualización y limitación del tratamiento de datos, así como en lo referente a la propiedad y seguridad de los sistemas.

Cambios en los modelos 202 y 222 del IS e IRNR : limitación de deducibilidad de gastos financieros; tipos impositivos, no deducibilidad del Impuesto Complementario y extensión a 2024 y 2025 de límite a la compensación de BINs en grupos fiscales

Modificación de los modelos 202 y 222 de pagos fraccionados del IS e IRNR (establecimientos permanentes) Montaje de dos formularios de Hacienda

Se modifican los anexos de los modelos 202 y 222, en concreto los cuadros «Limitación en la deducibilidad de gastos financieros» de ambos modelos y se incluye como gasto no fiscalmente deducible los derivados de la contabilización del Impuesto Complementario así como la posibilidad de que existan varios tipos impositivos aplicables y recoge la ampliación a los periodos 2024 y 2025 de las medidas de determinación de la base imponible en el régimen de consolidación fiscal.

En el BOE de hoy, 19 de marzo de 2025, se ha publicado la ORDEN HAC/262/2025, de 12 de marzo, por la que se modifica la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.

Mediante esta norma se modifican los anexos de los modelos 202 y 222, en concreto los cuadros «Limitación en la deducibilidad de gastos financieros (4)» de la parte 2 del modelo 202 y el cuadro «Limitación en la deducibilidad de gastos financieros (6)» de la parte 2 del modelo 222. Además, se incluye como gasto no fiscalmente deducible los derivados de la contabilización del Impuesto Complementario y estos modelos se modifican para incluir la posibilidad de que existan varios tipos impositivos aplicables.

Por otro lado, para ampliar a los periodos 2024 y 2025 las medidas de determinación de la base imponible en el régimen de consolidación fiscal, consistentes en que la base imponible del grupo fiscal incluirá las bases imponibles positivas y el 50 por ciento de las bases imponibles negativas individuales correspondientes a todas y cada una de las entidades integrantes del grupo fiscal. Las bases imponibles negativas no incluidas en la base imponible del grupo fiscal se integrarán en la base imponible de los periodos impositivos sucesivos en proporción a una décima parte, si bien esta limitación no resultará de aplicación tratándose de las bases imponibles individuales correspondientes a aquellas fundaciones que estén sometidas al régimen general de la Ley 27/2014 y formen parte del grupo fiscal.

Publicadas las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025 que prevén el estudio de distintos proyectos para utilizar la inteligencia artificial y la nueva modalidad «Renta DIRECTA»

Publicadas las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025 que prevén el estudio de distintos proyectos para utilizar la inteligencia artificial y un cambio en el sistema de objetivos de la Agencia Tributaria. Imagen de una lupa observando billetes y monedas de euro

En las directrices generales de 2025, destaca el inicio del estudio de distintos proyectos para utilizar la inteligencia artificial en los diferentes ámbitos de actuación de la Agencia Tributaria, la mejora del modelo de información y asistencia a los contribuyentes y para la Campaña de Renta 2024, se pondrá a disposición de determinados contribuyentes la nueva modalidad «Renta DIRECTA», para la presentación de declaraciones que no requieren realizar modificaciones en el borrador de Renta WEB.

En el BOE de hoy, 17 de marzo de 2025, se ha publicado la RESOLUCIÓN de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2025.

Destaca el inicio del estudio de distintos proyectos para utilizar la inteligencia artificial (en adelante, IA), en los diferentes ámbitos de actuación de la Agencia Tributaria, para conseguir una mayor eficiencia de sus actuaciones, sin permitir en ningún caso que la IA sea la última instancia de toma de decisiones ya que, en todo caso, cualquier actuación va a estar sujeta a supervisión humana y la previsión de un cambio en el sistema de objetivos de la Agencia Tributaria de manera que se centre en aquellas actuaciones de comprobación más ligadas a la regularización de las contingencias tributarias más relevantes.

Por otro lado, se consolida el modelo de información y asistencia con la introducción de importantes mejoras, tanto en materia de formación del personal, como tecnológicas, con la implantación de la cita telefónica en el día como hito más importante. Se desarrollarán, asimismo, nuevas herramientas virtuales, como el Asistente virtual de censos o el Informador a la importación, junto con el ya implementado Informador sobre las nuevas obligaciones de facturación de empresarios y profesionales y para la Campaña de Renta 2024, se pondrá a disposición de determinados contribuyentes la nueva modalidad «Renta DIRECTA», para la presentación de declaraciones que no requieren realizar modificaciones en el borrador de Renta WEB.

Publicados los Modelos del IRPF e IP 2024, que incorpora el sistema de autoliquidación rectificativa e incluye la tarjeta bancaria y los bizum como medios de pago, así como se determina la tramitación de las devoluciones para mutualistas

Modelos del IRPF e IP 2024 y solicitudes de devolución para mutualistas. Montaje de Modelos-IRPF-IP-2024 del BOE

Se aprueban los modelos, lugar, forma y plazos de presentación de la declaración del IRPF e IP para 2024. Como novedades destacan la implementación de la autoliquidación rectificativa en el IRPF y la aceptación como medio de pago la tarjeta de crédito o débito y el pago mediante transferencias instantáneas efectuadas a través plataformas de comercio electrónico seguro como Bizum. Por otro lado se incluye la regulación del cambio en la tramitación de las devoluciones para mutualistas, que se distribuirán en cuatro años en función de la antigüedad del período impositivo del IRPF a que se refiere la devolución, a razón de un período impositivo por cada año natural iniciado a partir de 2025.

Un año más a los contribuyentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre el patrimonio se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones fiscales con respecto a los impuestos mencionados, y para ello en el BOE de hoy 14 de marzo de 2025 se ha publicado la ORDEN HAC/242/2025, de 13 de marzo, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio, ejercicio 2024, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación de los mismos, se establecen los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios electrónicos y se desarrolla la disposición final décima sexta de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, por la que se establecen un Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, un Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras y un Impuesto sobre los líquidos para cigarrillos electrónicos y otros productos relacionados con el tabaco, a los efectos de las solicitudes de devolución para mutualistas.

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