Novedades Legislativas

Gipuzkoa aprueba medidas para 2024 adecuando su normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos y que afectan a IRPF, IS, IP, IRNR, ISD, ITP Y AJD, IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, mecenanzgo y su Norma General Tributaria

Medidas tributarias para 2024 en Gipuzkoa para adecuar du normativa a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos. Imagen de Datalake Big Data Warehouse Data Lake Platform Analytics Technology

Gipuzkoa aprueba distintas medidas tributarias para 2024 para la adecuación de su normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos distintos a los tributarios y que afectan al IRPF, IS, IP, IRNR, ISD, ITP Y AJD, IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, mecenanzgo y du Norma General Tributaria a fin de guardar su coherencia y estructura.

En el Boletín Oficial Gipuzkoa de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado la NORMA FORAL 1/2024, de 10 de mayo, por la que se aprueban determinadas modificaciones tributarias para el año 2024.

Mediante esta norma se procede a la adecuación de su normativa tributaria a las modificaciones operadas en otros ámbitos normativos distintos a los tributarios: se trataría de cambios efectuados en normativas sustantivas ajenas al sistema tributario que, directa o tangencialmente, inciden en la regulación tributaria, lo cual exige realizar las debidas adaptaciones de la normativa tributaria a dichos cambios, a fin de guardar su coherencia y estructura.

Estos cambios vienen provocados por las modificaciones relativas al régimen fiscal de las parejas de hecho, procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, nuevo régimen especial dirigido a personas fundadoras de entidades innovadoras de nueva creación o «start-ups», nueva obligación de información para las personas jurídicas o entidades, que deberán comunicar a la Administración tributaria quiénes son sus titulares reales, cesión de datos reservados con trascendencia tributaria a terceros, y se mejora la regulación de la solicitud y examen de la copia de la contabilidad.

Gipuzkoa impulsa los incentivos para el fomento de la cultura en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades

Nuevas deducciones en el IS para el fomento de la cultura en Gipuzkoa

Gipuzkoa actualiza y amplía los incentivos fiscales para el fomento de la cultura, estableciendo una deducción cuyo objeto son las inversiones y gastos en producciones de obras audiovisuales, otra deducción por espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales y la última por edición de libros.

En el Boletín Oficial Gipuzkoa de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado la NORMA FORAL 2/2024, de 10 de mayo, por la que se actualizan y amplían los incentivos fiscales para el fomento de la cultura.

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar determinados cambios de los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones. Imagen de dibujos de personas con números a su alrededor y algunos con montones de monedas de dólar

Álava modifica sus reglamentos del IRPF en relación con las retenciones de rendimientos derivados de la propiedad intelectual y del IVA para incorporar los cambios sobre los requisitos para los proveedores de servicios de pago y otras modificaciones.

En el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava de hoy, 17 de mayo de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL 7/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 7 de mayo. Aprobar la modificación del Decreto Foral 124/1993, de 27 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, y del Decreto Foral 40/2014, de 1 de agosto, que aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Modificado el modelo de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal por el deber de secreto profesional

Modelo de comunicación del intermediario eximido de la obligación de informar. Imagen de la cabecera del Anexo de la norma

Se adapta el modelo a los cambios introducidos en la LGT y en el RGAT motivados por la jurisprudencia europea, que eliminó la obligación impuesta a los intermediarios amparados por el secreto profesional de notificar el ejercicio de dicho secreto al resto de intermediarios que no son sus clientes

En el BOE de 17 de mayo se ha publicado la Resolución de 8 de mayo de 2024, del Departamento de Gestión Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 8 de abril de 2021, por la que se aprueban los modelos de comunicaciones entre los intervinientes y partícipes en los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal objeto de declaración.

Se prevén cambios en el modelo 303 para implementar la autoliquidación rectificativa regulada en el artículo 74 bis RIVA

Proyecto de Orden: modificaciones en el modelo 303. Imagen de la cabecera del modelo 303

La Ley 13/2023, de 24 de mayo, introdujo diversas modificaciones en la Ley General Tributaria, una de ellas consistió en el establecimiento de un sistema único para la corrección de las autoliquidaciones, regulando con esta finalidad la nueva figura de la autoliquidación rectificativa. Esta nueva figura sustituirá, en aquellos tributos en los que así se establezca, el actual sistema dual de autoliquidación complementaria y solicitud de rectificación.

El Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, modificó los reglamentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre sociedades, impuesto sobre el valor añadido, impuestos especiales y del impuesto sobre los gases fluorados de efecto invernadero, para desarrollar esta nueva figura impositiva.

Concretamente, en materia de IVA, se introdujo en el reglamento del impuesto el artículo 74 bis (Autoliquidaciones rectificativas), entrando en vigor cuando lo haga la orden ministerial que apruebe el correspondiente modelo de declaración.

En la página del Ministerio de Hacienda se ha publicado el texto del Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, …, para introducir en el modelo 303 los cambios necesarios para la implementación de la autoliquidación rectificativa regulada en el artículo 74 bis del reglamento.

Nueva Ley de medidas tributarias en Castilla y León

Nueva Ley de medidas tributarias en Castilla y León. Imagen de una bandera y mapa combinada de la comunidad autónoma de Castilla y León

Con fecha 14 de mayo de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León la Ley 4/2024, de 9 de mayo, de medidas tributarias, financieras y administrativas.

En relación con las medidas tributarias, comprenden dos capítulos del título I, conteniendo el artículo 1 las modificaciones a realizar en el Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos.

Se recoge un nuevo beneficio fiscal incorporando al Decreto Legislativo 1/2013, de 12 de septiembre, el art. 27.ter “Bonificación en la cuota por actuaciones en suelo industrial y terciario”, un nuevo beneficio fiscal en la modalidad del Impuesto sobre AJD, por actuaciones de agrupación, agregación, segregación y división de parcelas en suelos industriales y terciarios, sitos tanto en el medio rural como en el urbano, con la finalidad de apoyar y potenciar el desarrollo industrial de Castilla y León, dinamizando su actividad y localización en la Comunidad.

Bizkaia publica el régimen fiscal aplicable (exenciones IRPF, IS, IRNR y tributos locales) a las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la «UEFA Europa League 2025»

Bizkaia publica el régimen fiscal aplicable (exenciones IRPF, IS, IRNR y tributos locales) a las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la «UEFA Europa League 2025». Imagen de una jugadora de fútbol femenino chutando una pelota

Bizkaia publica el régimen fiscal mediante la exención de rentas vinculadas a la celebración del acontecimiento deportivo internacional de las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la «UEFA Europa League 2025» en el IRPF, IS, IRNR con establecimiento permanente y tributos locales.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de 6 de mayo de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL NORMATIVO 3/2024, de 2 de mayo, del Territorio Histórico de Bizkaia, régimen fiscal aplicable a las finales de la «UEFA Champions League Femenina 2024» y de la «UEFA Europa League 2025», para establecer las normas precisas para cumplir los compromisos adquiridos por parte del Reino de España con la UEFA para el desarrollo de estas competiciones deportivas internacionales, que tendrán lugar en el estadio de San Mamés de Bilbao.

Se prevé la exención de rentas vinculadas a la celebración del acontecimiento deportivo internacional en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes para contribuyentes que operan con mediación de establecimiento permanente y en los tributos locales hasta el 31 de diciembre de 2025.

Cambios en el reglamento de la ley del régimen fiscal de Canarias

Cambios en el reglamento de la ley del régimen fiscal de Canarias. Imagen del mapa de las Islas Canarias

Se califica como ayuda regional de funcionamiento el diferencial de la deducción por producciones cinematográficas o audiovisuales, aplicable en Canarias, con respecto a la deducción regulada en el régimen general del Impuesto sobre Sociedades, y no como ayuda sectorial.

En el BOE del 1 de mayo de 2024 y en vigor a partir del 21 de mayo, se ha publicado el Real Decreto 436/2024, de 30 de abril, que modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en las materias referentes a los incentivos fiscales en la imposición indirecta, la reserva para inversiones en Canarias y la Zona Especial Canaria, aprobado por el Real Decreto 1758/2007, de 28 de diciembre.

En concreto este Real Decreto modifica los artículos 36, 37 y 38 del Reglamento relativos, respectivamente, a las ayudas de Estado, al cómputo de las ayudas a efectos de su acumulación y a los límites de la acumulación de las ayudas y estas modificaciones van a producir efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2022.

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