Novedades Legislativas

Proyecto de orden: modificaciones sufridas hasta hora por el modelo 560 del impuesto especial sobre la electricidad y reactivación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica

Modificaciones sufridas hasta hora por el modelo 560 del impuesto especial sobre la electricidad y reactivación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Imagen de una torre de alta tensión

Con este nuevo Proyecto de Orden se pretenden modificar la Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero y la Orden HAP/2328/2014, de 11 de diciembre.

La Orden HAC/172/2021, de 25 de febrero, establece la estructura y el funcionamiento del censo de contribuyentes obligados por el Impuesto Especial sobre la Electricidad y aprueba el modelo 560, destinado a la autoliquidación de dicho impuesto. Este impuesto tiene una larga trayectoria desde su incorporación en el marco normativo español, pero ha sido objeto de varias modificaciones derivadas tanto de cambios legislativos como de situaciones coyunturales que han requerido su ajuste.

Anteproyecto de ley sobre las obligaciones de información de los proveedores de criptomonedas

Consejo de Ministros: obligaciones de información de los proveedores de criptomonedas. Imagen de símbolo del dólar en líneas virtuales conectadas y dinero digital sobre mapamundi

Mediante este anteproyecto se quiere proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.

El Consejo de Ministros ha aprobado en primera vuelta un anteproyecto de Ley para proceder a la transposición de la Directiva europea 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad. Esta disposición comunitaria, más conocida como DAC8 y que ahora inicia su trámite de información pública, supondrá cambios normativos sobre las obligaciones tributarias relacionadas con el mercado de las criptomonedas. En concreto, permitirá la adaptación de las obligaciones informativas sobre criptomonedas situadas en el extranjero y sobre saldos en las mismas, en las que se sustituye el concepto de moneda virtual por el de criptoactivo. Al margen de las modificaciones anteriores, que afectan al ámbito de la asistencia mutua, en el anteproyecto de ley también se efectúan diversas modificaciones en la Ley General Tributaria (LGT) en materia recaudatoria.

Proyecto de orden que pretende modificar 3 órdenes relacionadas con la recaudación tributaria de la AEAT

Proyecto de orden que pretende modificar 3 órdenes relacionadas con la recaudación tributaria de la AEAT. Imagen virtual de una mano de un hombre en la que sale de ella simbolos en verde y rojo

Se pretenden modificar la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio y la Orden de 4 de junio de 1998.

El Proyecto de Orden tiene como objetivo modificar tres órdenes ministeriales para mejorar y actualizar el sistema de recaudación tributaria a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), garantizando una mayor seguridad en los pagos electrónicos, adaptando los procedimientos a nuevas normativas y eliminando elementos obsoletos. Las tres órdenes modificadas son:

1. Modificación de la Orden EHA/2027/2007:

Esta orden, que regula la colaboración de entidades de crédito en la gestión recaudatoria de la AEAT, se ajusta para adaptarse a los avances en pagos electrónicos. Las principales modificaciones incluyen:

Gipuzkoa prorroga y cambia los tipos reducidos de IVA hasta diciembre de 2024

Gipuzkoa prorroga y cambia los tipos reducidos de IVA hasta diciembre de 2024. Imagen de cesta de mimbre con leche, cereales y huevos

El Decreto Foral Normativo 2/2024 adapta los tipos reducidos del IVA para productos esenciales, con rebajas temporales en alimentos como aceites y pastas.

El 11 de septiembre de 2024 se ha publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, el DECRETO FORAL NORMATIVO 2/2024, de 3 de septiembre, que modifica el Decreto Foral Normativo 3/2023, de 26 de julio, que regula el Impuesto sobre el Valor Añadido. Esta modificación incluye las medidas del Real Decreto-ley 4/2024, extendiendo la aplicación de tipos reducidos de IVA para ciertos alimentos, con el objetivo de mitigar los efectos de la inflación y beneficiar a los consumidores, especialmente a los más vulnerables.

Las principales modificaciones son:

Proyecto de orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390

Proyecto de orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390 del IVA. Primer plano de un hombre de negocios sentado en un escritorio concentrado en inspeccionar con fluidez el trabajo con su computadora portátil y varios documentos sobre la mesa en la oficina

El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden que modifica la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre y la Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre.

Esta orden tiene por objeto introducir modificaciones de carácter técnico en el modelo 322 de autoliquidación mensual individual de grupo de entidades y en el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA.

El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024 la aplicación de tipos impositivos reducidos a determinadas entregas de alimentos.

Consecuencia de las modificaciones introducidas en materia de tipos impositivos, a partir de 1 de octubre coexistirán seis tipos impositivos y seis tipos de recargo de equivalencia mientras que el diseño del vigente modelo 322 solo permite la declaración de cinco tipos impositivos y cuatro tipos de recargo de equivalencia.

Bizkaia modifica su Reglamento del Catastro Inmobiliario a efectos de incorporar los medios de identificación y firma de la Administración electrónica en el procedimiento de revisión de valores catastrales

Bizkaia incorpora los medios de identificación y firma de la Administración electrónica en el procedimiento de revisión de valores catastrales. Imagen de portátil con imagen virtual sobrepuesta

Bizkaia modifica su Reglamento del Catastro Inmobiliario a efectos de incorporar los medios de identificación y firma de la Administración electrónica en el procedimiento de revisión de valores catastrales con el propósito de facilitar el acceso a la tramitación electrónica de este procedimiento, tanto el acceso a la notificación como posteriores trámites.

En el Boletín Oficial de Bizkaia de hoy se ha publicado el DECRETO FORAL 71/2024, de 27 de junio, del Territorio Histórico de Bizkaia, de la Diputación Foral de Bizkaia, por el que se modifica el Reglamento del Catastro Inmobiliario Foral del Territorio Histórico de Bizkaia en relación con el procedimiento de revisión de los valores catastrales.

Modificado el Modelo 303 de Autoliquidación del IVA para incorporar los cambios necesarios para la implementación de la autoliquidación rectificativa y las medidas introducidas por el Real Decreto-ley 4/2024

Modificado el Modelo 303 para incorporar los cambios necesarios para la implementación de la autoliquidación rectificativa. Imagen del modelo 303

Se modifica el Modelo 303 de Autoliquidación del IVA para incorporar los cambios necesarios para la implementación de la autoliquidación rectificativa y las medidas introducidas por el Real Decreto-ley 4/2024 que será aplicable en el caso de sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual, se aplicará por primera vez a la autoliquidación de septiembre de 2024 y en el caso de sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral, se aplicará por primera vez a la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.

En el BOE de 5 de agosto de 2024 se publicó la ORDEN HAC/819/2024, de 30 de julio, por la que se de Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales; y se modifican los Anexos I y II de la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos 322 de autoliquidación mensual, modelo individual, y 353 de autoliquidación mensual, modelo agregado, así como otra normativa tributaria, mediante la que se modifica el Modelo 303. Esta Orden entró en vigor el 6 de agosto de 2024 y el nuevo modelo 303, en el caso de sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual, se aplicará por primera vez a la autoliquidación de septiembre de 2024 y en el caso de sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral, se aplicará por primera vez a la autoliquidación del tercer trimestre de 2024.

Navarra prórroga la rebaja del IVA en los tipos aplicables a determinados alimentos y consolida el aceite de oliva como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento con carácter indefinido

Navarra prórroga la rebaja del IVA a determinados alimentos y establece la aplicación del tipo súper reducido al aceite de oliva. Imagen de diversas botellas de aceite

En el Boletín Oficial de Navarra de 16 de agosto de 2024 se ha publicado el DECRETO FORAL LEGISLATIVO 2/2024, de 24 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, de armonización tributaria, por el que se prorrogan determinadas medidas en relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido.

En concreto, se mantiene la rebaja del IVA en los tipos del 5 por ciento para pastas alimenticias y aceites de semilla y del 0 por ciento para alimentos de primera necesidad hasta el 30 de septiembre de 2024.

Respecto a los aceites de oliva, alimento básico y esencial de una dieta saludable, se reduce desde el 5 por ciento precedente al 0 por ciento hasta el 30 de septiembre de 2024. A partir de dicha fecha, para la que ya se estima una reducción significativa de la inflación, se incrementarán los tipos impositivos al 7,5 y 2 por ciento, respectivamente, hasta el 31 de diciembre.

Además, el tipo impositivo aplicable a las entregas de aceite de oliva se consolida como alimento de primera necesidad en el tipo súper reducido del 4 por ciento a partir del 1 de enero de 2025, con carácter indefinido.

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