TSJ

El servicio prestado por la mercantil no es un servicio personalísimo, pues podría haber realizado dicho servicio otro profesional del sector con similar experiencia y formación a efectos de su valoración en el IS

Los servicios de asesoramiento prestados no son servicios personalísimos. Imagen de tres personas en una mesa de trabajo hablando

Afirma la Sala que el servicio prestado por la mercantil no es un servicio personalísimo, pues podría haber realizado dicho servicio otro profesional del sector con similar experiencia y formación. En ese caso, la sociedad pagaría según mercado el salario correspondiente, que es el que los socios recibían.

El TSJ de la Rioja, en su Sentencia de 9 de noviembre de 2023, analiza si es correcta la valoración de las operaciones vinculadas efectuada por parte de la Administración.

Comienza la Sala indicando que los servicios prestados por la socia consisten fundamentalmente en asesoramiento fiscal y contable a los clientes de la sociedad. Por su parte, los servicios prestados por el socio son esencialmente, de asesoramiento laboral y mercantil. Además, ninguno de ellos percibe retribución como administrador porque el cargo es gratuito.

A continuación, el Tribunal recuerda que, tal y como establece reiterada jurisprudencia, el servicio que presta una persona física a una sociedad vinculada y el que presta tal sociedad vinculada -aquí, la recurrente- a terceros independientes, es sustancialmente el mismo cuando se trata de la prestación de un servicio intuitu personae, y la sociedad vinculada carece de medios para realizar la operación o prestar el servicio pactado si no es a través de la necesaria e imprescindible participación de la persona física, no aportando valor añadido (o siendo este residual) a la labor de la persona física.

Ahora bien, afirma la Sala que el servicio prestado por la mercantil no es un servicio personalísimo, pues podría haber realizado dicho servicio otro profesional del sector con similar experiencia y formación. En ese caso, la sociedad pagaría según mercado el salario correspondiente, que es el que los socios recibían.

Como el valor de las participaciones creadas no puede responder a una compensación de deudas porque no tienen el valor nominal de la deuda a extinguir estamos ante una condonación de deuda (liberalidad) que integra la base imponible del IS

Como el valor de las participaciones creadas no puede responder a una compensación de deudas porque no tienen el valor nominal de la deuda a extinguir estamos ante una condonación de deuda . Imagen de una bolsa roja con el simbolo del dólar dándolo de una mano a otra

Afirma la Sala que, considerándose acreditado que el valor de esas participaciones creadas no puede responder a una compensación de deudas porque no tienen el valor nominal de la deuda a extinguir, no puede sostenerse la tesis de la actora, puesto que por mucho que le diera la forma de compensación de deuda por las participaciones recibidas, éstas no tenían un valor de mercado que supusiera contraprestación.

El TSJ de Cataluña, en su Sentencia de 21 de septiembre de 2023, analiza si el tratamiento contable de las operaciones de ampliación de capital y la aportación del crédito por parte del socio, es conforme a Derecho.

En concreto, la actora mantiene que no puede considerarse que la ampliación de capital de la hoy actora con la entrega al socio acreedor de 7.000 participaciones sociales nuevas tenga el carácter de liberalidad, sino que la causa onerosa es su justificación, de forma que existió una compensación de créditos y no una condonación de deuda como considera la Administración.

Pues bien, a juicio de la Sala que el contribuyente no aporta elemento probatorio alguno relativo a que las participaciones no tuvieran un valor próximo o equiparable a cero.

En este sentido, destaca el Tribunal un extracto del informe determinante de la situación financiera, patrimonial y de funcionamiento de la entidad, según el cual dicha entidad “es una sociedad objetivamente inactiva y la inversión financiera corresponde a dinero entregado a una compañía INDIA de la cual no se ha observado ningún tipo de ingreso real, la totalidad de los ingresos contabilizados corresponden a provisiones estimativas, inciertas contabilizadas y en sus estados financieros no se observa posibilidad de devolver cuantía alguna (…). El deseo de sus socios es vender sus participaciones o si ello no fuera posible liquidarla”.

El TSJ de Galicia aplica el derecho al error para anular una sanción debido a que la complejidad del régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores desvirtúa la culpabilidad en el plano sancionador

La culpabilidad por dejar de ingresar en operaciones de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores. Imagen de dados dispuestos en fila y uno en otro color fuera de la misma

El derecho al error se integra en la propia delimitación de la potestad sancionadora e impide la aplicación automática de sanciones en los casos en que la complejidad de las normas aplicables haga presuponer la existencia de meros errores involuntarios.

El TSJ de Galicia en su sentencia de 28 de noviembre de 2023 aplica la teoría del derecho al error para desvirtuar la culpabilidad del contribuyente, dada la complejidad de las normas contenidas en el régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores y de las operaciones realizadas aunque el obligado tributario haya contado con la asistencia de asesores en sus autoliquidaciones fiscales.

La deducción por inversión en una vivienda habitual a partir del año 2013 exige que se haya deducido por ella de forma efectiva con anterioridad a dicho ejercicio

Derecho a la deducción a pesar de no haber habido aplicación efectiva antes del 2013. Imagen de llave en cerradura de seguridad de vivienda

No obstante, cabe aplicar la deducción en el supuesto de que la falta de aplicación derive de sobrepasar la inversión realizada en otra vivienda habitual.

A partir de 1 de enero de 2013 se suprimió la deducción estatal por inversión en vivienda habitual para todos los contribuyentes, si bien, se introdujo un régimen transitorio para aquellos contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013, de tal forma que podían seguir aplicando la deducción por inversión en vivienda habitual.

La disposición transitoria decimoctava de la Ley 35/2006 (Ley IRPF) contempla tres casos en los que se mantiene la aplicación de la deducción del artículo 68.1.2.ª de esta Ley en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2012.

Deducibilidad en el IRPF de los gastos en vestuario, atenciones y locomoción de un abogado

Un abogado se puede deducir en IRPF los gastos del traje y la corbata. Imagen de hombre de negocios ajustándose la corbata

Disponer de otro vehículo en el ámbito familiar no puede servir para entender que la afectación del restante es exclusiva.

La STSJ de Cataluña de 27 de julio de 2023, rec. n.º 2983/2021, vuelve a pronunciarse sobre la deducibilidad de una serie de gastos que se dicen vinculados al ejercicio de la actividad profesional del actor, abogado en un despacho cuya actividad consistiría en el asesoramiento jurídico-tributario, la captación y fidelización de clientes, motivar y cohesionar a los equipos y generar negocio.

La utilidad con vocación de permanencia es lo que justifica plenamente la consideración de las obras de reforma como inversión amortizable en el IS, siendo por tanto una cuestión completamente ajena a la titularidad del local

La controversia gasto (activo corriente) versus inversión (inmovilizado material) es por completo ajena al de titularidad del local. Imagen de pareja haciendo mejoras en el hogar

Recuerda la Sala que respecto de que el local donde se efectúan las obras no es de su propiedad, ni ella la arrendataria, cabe señalar que la controversia gasto (activo corriente) versus inversión (inmovilizado material) es por completo ajena al de titularidad del local, bastando a estos efectos con la mera disponibilidad por la recurrente del local reformado en interés y utilidad de la actividad empresarial, señaladamente, con vocación de continuidad en el tiempo.

El TSJ de Castilla y león (Valladolid), en su Sentencia de 21 de septiembre de 2023, analiza si es correcta o no la deducibilidad de determinados gastos.

Así pues, comienza la Sala su análisis por los gastos relativos a las obras de reforma realizadas en 2015 en un local de otra entidad para desarrollar un showroom en Madrid, planteándose la cuestión enjuiciada en si estamos antes gastos corrientes o ante una inversión, cuyo coste ha de recuperarse por la vía de la amortización.

La no sujeción al IVA de las concesiones administrativas no se extiende a otro tipo de contratos sobre bienes demaniales

La nulidad del contrato por no seguir el cauce legalmente establecido para la utilización de los bienes de dominio público puede dar lugar a la devolución del IVA satisfecho. Imagen de primer plano de persona firmando un contrato

La nulidad del contrato por no seguir el cauce legalmente establecido para la utilización de los bienes de dominio público puede dar lugar a la devolución del IVA satisfecho.

En el caso que comento, sucede que el Ayuntamiento suscribió un par contratos con dos compañías telefónicas, en virtud de los cuales, cedió en arrendamiento a Telefónica Móviles una superficie de 120 metros cuadrados en una finca propiedad en pleno dominio del Ayuntamiento para construir sobre la misma una estación base de telefonía móvil. En el contrato con Orange (antes Retevisión Móvil, S.A.) se cedió en arrendamiento a esa entidad un espacio de 100 metros cuadrados en una finca propiedad en pleno dominio del Ayuntamiento para instalar, explotar, mantener, conservar y reparar una estación base de telefonía móvil.

La Administración no ha justificado debidamente la aplicación del método de estimación indirecta, en la medida en que todos los indicios señalados han sido rebatidos de forma acertada por la recurrente y los incumplimientos contables no son sustanciales

La Administración no ha justificado debidamente la aplicación del método de estimación indirecta. Imagen de un dibujo de un empresario muestra señal de prohibición a Inteligencia Artificial

A juicio de la Sala ninguno de los indicios señalados justifica acudir al método de estimación indirecta, lo que comporta la anulación de liquidación y de la sanción a ella aparejada.

El TSJ de Asturias, en su Sentencia de 4 de octubre de 2023, analiza si es correcta la aplicación por parte de la Administración del método de estimación indirecta. La Sala, tras analizar los hechos concurrentes, considera que, en el presente caso, es improcedente acudir al régimen de estimación indirecta, y ello por varios motivos.

El TSJ de Madrid afirma que el hecho de que la depreciación de la mercancía responda a las tácticas de venta de la marca y acuerdos comerciales no impide considerar que el deterioro contabilizado sea deducible a efectos fiscales

El TSJ de Madrid afirma que el hecho de que la depreciación de la mercancía responda a las tácticas de venta de la marca y acuerdos comerciales no impide considerar que el deterioro contabilizado sea deducible a efectos fiscales. Imagen de dos chicas en una tienda de ropa

A juicio de la Sala, el hecho de que la depreciación de la mercancía responda a las tácticas de venta de la marca y acuerdos comerciales no impide considerar que, realmente, el valor neto realizable de las existencias es inferior a su precio de adquisición habida cuenta que Dolce & Gabbana Spain, SL no recupera el 100% de lo abonado por la mercancía y, además, está obligada a soportar la recompra en los términos ya expuestos, sin posibilidad de continuar ofertando los productos al consumidor final, existiendo con ello un deterioro.

El TSJ de Madrid, en su Sentencia de 18 de octubre de 2023, analiza si procede la deducción del gasto por deterioro de valor de las existencias.

Comienza la Sentencia poniendo de manifiesto que existe un pacto de recompra con la matriz, en cuanto a entrega/devolución de la mercancía, que se ejecuta en uno o dos ejercicios posteriores y, hasta entonces, lo que hace Dolce & Gabbana Spain, SL es una estimación de los productos que considera que no logrará vender y, con respecto a esa cantidad, calcula los descuentos que sufrirá en relación con el precio de adquisición abonado y en función de los pactos con la matriz italiana.

Así las cosas, los importes contabilizados por el contribuyente como deterioro corresponden a operaciones (la devolución física de la mercancía realmente remanente) que se realizan en uno o dos ejercicios posteriores a aquel en el que se contabiliza el gasto; en concreto, tal como se ha indicado, se llevará a cabo en periodos que se extienden desde septiembre- octubre de 2015 hasta periodos posteriores a septiembre- octubre de 2016.

Es por ello que la Inspección considera que el gasto por deterioro del valor de las mercancías nunca debió ser objeto de contabilización por parte del obligado tributario, por no haber sido debidamente acreditado en el transcurso de las actuaciones inspectoras la pérdida de valor de aquellas.

La fianza legal arrendaticia no está sujeta a transmisiones patrimoniales onerosas

No sujeción a TPO de la fianza legal arrendaticia. Imagen de casa en miniatura sobre unas monedas apiladas

El Código Civil entiende que la fianza legal arrendaticia no se considera fianza sino depósito.

En el momento de la formalización del contrato de alquiler es obligatoria la entrega de una fianza legal que está regulada en el art. 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU). Según el citado artículo, si la finca arrendada se destina a vivienda, la fianza legal que se debe entregar es de una mensualidad de renta de alquiler y en caso de que la finca sea destinada a uso distinto de vivienda son dos mensualidades y el arrendador debe depositarla en la oficina que corresponda según cada Comunidad Autónoma. El depósito de la fianza en la Comunidad de Madrid se debe realizar por los arrendadores en la Agencia de Vivienda Social.

Por otra parte, junto con la fianza legal, la LAU contempla la posibilidad de que el arrendador y arrendatario pacten la entrega de garantías adicionales, entre las cuales las más comunes son el aval bancario o un depósito adicional.

Páginas