El TEAC unifica criterio: el tratamiento fiscal de las anualidades por alimentos y la aplicación del mínimo por descendiente son compatibles en caso de guarda y custodia compartida
Enviado por Editorial el Mar, 23/09/2014 - 12:22El Tribunal Económico-Administrativo Central, en su resolución de 11 de septiembre de 2014, en recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio fija como criterio que el tratamiento fiscal de las anualidades por alimentos satisfechas en virtud de decisión judicial a favor de los hijos, en aquellos casos en los que el contribuyente ostente la guarda y custodia compartida respecto de sus hijos, y la aplicación del mínimo por descendientes son compatibles.