El TJUE concluye que vulnera los principios de efectividad y cooperación leal limitar los derechos a la devolución del pago de lo indebido y sus intereses cuando el pago se haya exigido conforme a una normativa nacional contraria al Derecho de la Unión
Enviado por Editorial el Vie, 09/06/2023 - 11:10El TJUE concluye que vulnera el Derecho de la unión Europea una normativa nacional que, cuando una solicitud de devolución de un ingreso indebido se presenta más de treinta días después de la publicación en el DOUE de la sentencia del TJUE que declara que el tributo que motivó tal ingreso es contrario al Derecho de la Unión, pone el trigésimo día siguiente a dicha publicación como límite del período de devengo de intereses sobre el ingreso indebido adeudado al contribuyente de que se trate, o incluso excluye cualquier interés en el supuesto de que el contribuyente haya hecho frente al ingreso indebido con posterioridad al referido trigésimo día de la publicación de la sentencia.
El TJUE en la sentencia de 8 de junio de 2023 establece que vulnera el Derecho de la unión Europea una normativa nacional que limita temporalmente el período de devengo de intereses sobre el ingreso indebido adeudado al contribuyente, debido a que el tributo que motivó el ingreso es declarado contrario al Derecho de la Unión. En este caso considera que el principio de efectividad en relación con el principio de cooperación leal, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa nacional que, cuando una solicitud de devolución de un ingreso indebido se presenta más de treinta días después de la publicación en el DOUE de la sentencia del TJUE que declara que el tributo de que se trata es contrario al Derecho de la Unión, pone el trigésimo día siguiente a dicha publicación como límite del período de devengo de intereses sobre el ingreso indebido adeudado al contribuyente de que se trate, o incluso excluye cualquier interés en el supuesto de que el contribuyente haya hecho frente al ingreso indebido con posterioridad al referido trigésimo día de la publicación de la sentencia.